La primera venta o entrega de carbón, su autoconsumo y también la no justificación del destino del carbón.
Supuestos de no sujeción
Primera venta o entrega de carbón para su envío fuera de España, ni tampoco el autoconsumo directamente vinculado a la realización de las actividades de extracción o producción.
¿Quiénes están obligados a presentar y pagar el impuesto?
Sujetos pasivos: los productores o extractores, importadores o adquirentes intracomunitarios de carbón y los empresarios revendedores que realicen las ventas o entregas sujetas al impuesto.
¿Qué trámites fiscales deben cumplir los operadores?
Inscripción en el Registro de la Oficina Gestora, Una vez efectuada, la Oficina Gestora asignará y comunicará la tarjeta identificativa de la inscripción, Código de Actividad del Carbón (CAC).
Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales Subdirección de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales