Última actualització: 19-02-2024

Impuesto especial sobre los hidrocarburos

Contenido de esta página

¿Dónde se aplica?

En Península e Islas Baleares.  

Este impuesto somete a gravamen los hidrocarburos (gasolina, gasóleo, gas natural, fuelóleo, biocarburantes, etc.) que se utilicen como combustible o como carburante.

Supuestos de no sujeción

  1. Uso para fines distintos de carburante o combustible o su uso como combustible en el proceso de fabricación de hidrocarburos.

  2. Los contenidos en depósitos normales de vehículos comerciales, o en contenedores especiales.

Volver arriba

Exenciones

  • Gas natural en usos distintos a los de carburante o combustible.
  • Avituallamiento de carburante en la navegación aérea y marítima.
  • Transporte por ferrocarril u operaciones dragado.
  • Construcción, pruebas y mantenimiento embarcaciones y aeronaves.
  • Proyectos piloto de productos menos contaminantes.

Volver arriba

Devoluciones

  • Los productos utilizados en usos distintos a los de combustible o carburante.
  • Embarcaciones, gasóleo incorporando trazadores y marcadores.
  • Proyectos piloto de productos menos contaminantes.
  • Productos devueltos a fábrica cuando por accidente hayan resultado mezclados o contaminados.

Además, hay dos importantes supuestos de devolución del impuesto:  

Devolución parcial por el gasóleo de uso profesional

Respecto del gasóleo de uso general utilizado como carburante en el motor de:

  • Vehículos de motor dedicados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera.
  • Vehículos de motor dedicados al transporte de pasajeros y taxis.

La cuantía máxima no excederá de la que correspondería a 50.000 litros por vehículo y año, salvo que se trate de taxis, en cuyo caso no excederá de 5.000 litros por taxi y año. Los titulares de los vehículos deben inscribirse en el censo de beneficiarios y vehículos(Abre en nueva ventana) . A través del Portal de Aduanas e Impuestos Especiales, en el ámbito del Impuesto Especial de Hidrocarburos, se puede llevar a cabo la tramitación de la devolución del gasóleo profesional .

Devolución para los agricultores

También las adquisiciones de gasóleo efectivamente empleado en la agricultura (incluida la horticultura, ganadería y silvicultura). Se devuelve 63,71€/ por cada 1.000 litros sin limitación de consumo. La solicitud de devolución  ante la Administración Tributaria, a partir del 1 de abril del año siguiente.  

Tipos impositivos

La base del impuesto volumen de producto, expresado en miles de litros a la temperatura de 15ºC.  Toneladas métricas para Gas Licuado del Petróleo y fuelóleo, o   en gigajulios para el gas natural.

Tipos impositivos “reducidos” para algunos hidrocarburos utilizados, de forma exclusiva, en usos tasados, como por ejemplo para el gasóleo B o C, denominado gasóleo bonificado, queroseno y Gas Licuado del Petróleo para uso distinto de carburante.

Registro y pago. Obligaciones formales

El modelo 581(Abre en nueva ventana) autoliquidación e ingreso, con periodo mensual, dentro de los veinte primeros días naturales siguientes a aquél en que finaliza el periodo.

Volver arriba

Autoridad responsable de la información

Ministerio de Hacienda
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
Subdirección de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales