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Registro Electrónico de Apoderamientos

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¿Qué es un apoderamiento?

Un apoderamiento es dar poder legal
a otra persona de tu confianza
para que te represente
y pueda actuar en tu nombre
en trámites y relaciones
con las Administraciones Públicas.

¿Qué es el Registro Electrónico de Apoderamientos?

El Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado
es un registro electrónico donde se guardan los apoderamientos de las personas interesadas para actuar ante la Administración General del Estado. También lo llamamos REA-AGE.

Normas y leyes

Un mazo de juez, junto a dos libros, sobre una mesa

Anexos

La persona apoderada es la
persona a la que das poder
para actuar en tu nombre
con un apoderamiento.

La persona poderdante
es la persona que da poder
a otra para actuar en su
nombre con un apoderamiento.

Un poder notarial es el
documento que autoriza a la
persona apoderada a actuar en tu
nombre.

Por comparecencia
electrónica 
significa que
presentas un documento o
participas en un proceso
legal o administrativo por
medios electrónicos.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se puede registrar un apoderamiento?

¿Cómo se puede registrar un apoderamiento? 
 

Lo puede hacer la persona apoderada
o la persona poderdante.

Se puede hacer de 2 formas:

  • De forma presencial
    en las Oficinas de Asistencia
    en Materia de Registros.
  • De forma electrónica
    a través del Punto de Acceso General
    de la Administración General del Estado.

La persona apoderada solo podrá hacerlo
de forma electrónica
con un certificado electrónico
de representante.

Cuando lo inscriba la persona apoderada,
tendrá que presentar un documento
que explique que la persona interesada
quiere que la persona apoderada le represente.

Este documento tiene que estar firmado
de forma electrónica
por ella y por la persona interesada.

Este documento puede ser un poder notarial
o un documento privado
entre la persona interesada y la apoderada.

Si es un documento privado,
solo se puede presentar
por comparecencia electrónica.

Una persona física
es una persona real.

Una persona jurídica es una empresa, entidad o un grupo de personas que comparten responsabilidad.

¿Cómo se registra un apoderamiento de persona física?

Si la persona interesada y la persona
apoderada
son personas físicas,
pueden registrar el apoderamiento
de forma presencial o electrónica.

¿Cómo se registra un apoderamiento de persona jurídica?

Si la persona interesada o la persona
apoderada
es una persona jurídica,
deben registrar el apoderamiento
de forma electrónica.

¿Qué apoderamientos se pueden registrar en el REA-AGE?

Hay 3 tipos:

  • Apoderamiento tipo A
    Sirve para cualquier actuación o trámite
    en cualquier Administración Pública.
  • Apoderamiento tipo B
    Sirve para cualquier actuación o trámite
    en una sola Administración u órganismo público.
  • Apoderamiento tipo C
    Solo sirve para algunas actuaciones
    o trámites concretos.

 

¿Qué puede hacer una persona poderdante por internet?

  • Registrar un apoderamiento
    para uno o varios trámites.
  • Consultar sus apoderamientos.
  • Ampliar la validez de sus apoderamientos.
  • Cancelar apoderamientos.

¿Qué puede hacer una persona apoderada por internet?

  • Consultar sus apoderamientos.
  • Renunciar a apoderamientos.
  • Aceptar apoderamientos.

¿Para qué trámites puedo apoderar?

Para los trámites que se hayan inscritos
en el Sistema de Información Administrativa
y que indiquen que se pueden hacer
por una persona apoderada.

Infórmate en la página web
de cada Administración
para saber que trámites son.

IV es un número romano.
Significa 4.

En vigor significa que
activo y no ha caducado.

¿La persona apoderada debe dar su consentimiento de forma directa?

Si la persona poderdante registra el apoderamiento,
la persona apoderada deberá presentarse después
para aceptar el apoderamiento.

Si la persona apoderada registra el apoderamiento
de forma electrónica,
basta con el documento privado o poder notarial
que ya firmó la persona poderdante.

Si la persona apoderada registra el apoderamiento
de forma presencial,
basta con presentar el documento “Anexo IV
de aceptación del apoderamiento”.

¿Cuándo entra en vigor un apoderamiento?

Un apoderamiento entra en vigor
cuando se comprueba
que las dos personas están conformes.

Esto se comprueba con el acta notarial
o documento privado
que firman la persona poderdante
y la persona apoderada
o cuando la persona apoderada
se presenta y acepta el apoderamiento.

En ese momento,
el apoderamiento llega al estado
de Autorizado.

¿Cuánto tiempo está vigente un apoderamiento?

Un apoderamiento no puede durar más
de 5 años.

Las personas interesas pueden indicar
cuanto tiempo quieren que dure,
pero no puede ser más de 5 años.

También pueden solicitar alargar la duración,
pero el tiempo total
que el apoderamiento está en vigor
no puede ser más de 5 años.

Si después de 5 años
se quieren seguir utilizando representante,
hay que hacer un apoderamiento nuevo.

¿Puedo cancelar un apoderamiento?

La persona poderdante puede cancelar
un apoderamiento en cualquier momento.

Puede hacerlo de forma electrónica
en la sede del Punto de Acceso General
o de forma presencial
en una oficina de asistencia
en materia de registros.

II es un número romano.
Significa 2.

Acreditar tu identidad
significa enseñar un
documento o una prueba de
que eres tú. Por ejemplo,
enseñar el DNI.

¿Se puede renunciar a un apoderamiento?

La persona apoderada puede renunciar
al apoderamiento
en cualquier momento.

Tiene que presentar el documento
“Anexo II de revocación de apoderamientos”.

¿Cómo acredito mi identidad?

Puedes acreditar tu identidad 
con DNI electrónico
o certificado digital en vigor.

¿Es obligatorio el bastanteo de los poderes?

El bastanteo de los poderes
es cuando los servicios jurídicos
de una Administración u organismo público
revisan y confirman que son suficientes
los documentos que entregaron
las personas interesadas
en un apoderamiento.

Este proceso es necesario
para que el apoderamiento
esté autorizado.

¿Qué programas de ordenador necesito para utilizar el REA-AGE?

Necesitas uno de los siguientes

sistemas operativos:

  • Windows 2000,
  • Windows XP
  • Windows Vista
  • Windows 7
  • Server 2003
  • Server 2007
  • Linux
  • MacOS X 10.5
  • Sun Solaris
  • Open Solaris 10

Necesitas Java 1.5 update 22
o versiones superiores.

Necesitas uno de los siguientes
exploradores:

  • Firefox 3.x.
  • Internet Explorer 5.5 o versiones superiores.
  • Chrome 3.0 o versiones superiores.
  • Apple Safari 10 o versiones superiores.

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