La lectura fácil es un formato
que simplifica la información para que todos
puedan leerla y comprenderla,
incluidas las personas con dificultades de comprensión.
La lectura fácil es un formato
que simplifica la información para que todos
puedan leerla y comprenderla,
incluidas las personas con dificultades de comprensión.

© Logotipo europeo de lectura fácil: Inclusion Europe. Más información:
Un apoderamiento es dar poder legal
a otra persona de tu confianza
para que te represente
y pueda actuar en tu nombre
en trámites y relaciones
con las Administraciones Públicas.
El Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado
es un registro electrónico donde se guardan los apoderamientos de las personas interesadas para actuar ante la Administración General del Estado. También lo llamamos REA-AGE.
La persona apoderada es la
persona a la que das poder
para actuar en tu nombre
con un apoderamiento.
La persona poderdante
es la persona que da poder
a otra para actuar en su
nombre con un apoderamiento.
Un poder notarial es el
documento que autoriza a la
persona apoderada a actuar en tu
nombre.
Por comparecencia
electrónica significa que
presentas un documento o
participas en un proceso
legal o administrativo por
medios electrónicos.
Lo puede hacer la persona apoderada
o la persona poderdante.
Se puede hacer de 2 formas:
La persona apoderada solo podrá hacerlo
de forma electrónica
con un certificado electrónico
de representante.
Cuando lo inscriba la persona apoderada,
tendrá que presentar un documento
que explique que la persona interesada
quiere que la persona apoderada le represente.
Este documento tiene que estar firmado
de forma electrónica
por ella y por la persona interesada.
Este documento puede ser un poder notarial
o un documento privado
entre la persona interesada y la apoderada.
Si es un documento privado,
solo se puede presentar
por comparecencia electrónica.
Una persona física
es una persona real.
Una persona jurídica es una empresa, entidad o un grupo de personas que comparten responsabilidad.
Si la persona interesada y la persona
apoderada
son personas físicas,
pueden registrar el apoderamiento
de forma presencial o electrónica.
Si la persona interesada o la persona
apoderada
es una persona jurídica,
deben registrar el apoderamiento
de forma electrónica.
Hay 3 tipos:
Para los trámites que se hayan inscritos
en el Sistema de Información Administrativa
y que indiquen que se pueden hacer
por una persona apoderada.
Infórmate en la página web
de cada Administración
para saber que trámites son.
IV es un número romano.
Significa 4.
En vigor significa que
activo y no ha caducado.
Si la persona poderdante registra el apoderamiento,
la persona apoderada deberá presentarse después
para aceptar el apoderamiento.
Si la persona apoderada registra el apoderamiento
de forma electrónica,
basta con el documento privado o poder notarial
que ya firmó la persona poderdante.
Si la persona apoderada registra el apoderamiento
de forma presencial,
basta con presentar el documento “Anexo IV
de aceptación del apoderamiento”.
Un apoderamiento entra en vigor
cuando se comprueba
que las dos personas están conformes.
Esto se comprueba con el acta notarial
o documento privado
que firman la persona poderdante
y la persona apoderada
o cuando la persona apoderada
se presenta y acepta el apoderamiento.
En ese momento,
el apoderamiento llega al estado
de Autorizado.
Un apoderamiento no puede durar más
de 5 años.
Las personas interesas pueden indicar
cuanto tiempo quieren que dure,
pero no puede ser más de 5 años.
También pueden solicitar alargar la duración,
pero el tiempo total
que el apoderamiento está en vigor
no puede ser más de 5 años.
Si después de 5 años
se quieren seguir utilizando representante,
hay que hacer un apoderamiento nuevo.
La persona poderdante puede cancelar
un apoderamiento en cualquier momento.
Puede hacerlo de forma electrónica
en la sede del Punto de Acceso General
o de forma presencial
en una oficina de asistencia
en materia de registros.
II es un número romano.
Significa 2.
Acreditar tu identidad
significa enseñar un
documento o una prueba de
que eres tú. Por ejemplo,
enseñar el DNI.
La persona apoderada puede renunciar
al apoderamiento
en cualquier momento.
Tiene que presentar el documento
“Anexo II de revocación de apoderamientos”.
Puedes acreditar tu identidad
con DNI electrónico
o certificado digital en vigor.
El bastanteo de los poderes
es cuando los servicios jurídicos
de una Administración u organismo público
revisan y confirman que son suficientes
los documentos que entregaron
las personas interesadas
en un apoderamiento.
Este proceso es necesario
para que el apoderamiento
esté autorizado.
Necesitas uno de los siguientes
sistemas operativos:
Necesitas Java 1.5 update 22
o versiones superiores.
Necesitas uno de los siguientes
exploradores: