Asistencia en caso de discapacidad y movilidad reducida cuando se viaja en la UE o desde la UE
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Servicio Adif Acerca
Es un servicio de Atención y Asistencia a viajeros con discapacidad o movilidad reducida que Adif pone a disposición de los clientes del ferrocarril. Es un servicio personalizado y de carácter gratuito que orienta, informa y facilita al viajero el acceso y tránsito por las estaciones, así como la asistencia en la subida y bajada de los trenes. En caso necesario dispone de los medios mecánicos para su realización.
El servicio comprende, tanto el recibimiento del viajero en el punto de encuentro de la estación de origen, asistencia en el tránsito por la estación y su subida y acomodo en el tren, como la recogida en destino en la plaza asignada en el tren y su desembarco y acompañamiento hasta el lugar previamente establecido en la estación de destino.
El servicio se presta en 146 estaciones:
- En 70 estaciones de forma permanente. Para ello, estas estaciones disponen de Asistentes de Movilidad (AM) de manera presencial de forma continuada a lo largo de todo el horario de servicio comercial de la estación y dan cobertura a las solicitudes de asistencia con una antelación de hasta 30 minutos previos a la salida del tren.
- En 76 estaciones de forma puntual. En esta modalidad, los Asistentes de Movilidad (AM) acuden a la estación para realizar una asistencia previa solicitud del viajero con una antelación mínima de 12 horas a la salida del tren.
Solicitud
La forma de solicitud más sencilla para el cliente es en el momento de la compra de su billete a través de cualquiera de los canales de venta de cada Empresa Ferroviaria, o bien después de la compra del billete y antes de realizar el viaje por medio de los teléfonos y canales habilitados por parte de los operadores.
Las Empresas Ferroviarias también pueden disponer de otros medios para solicitar el servicio:
- OUIGO
- RENFE
- Teléfono de compra, cambio y anulación de billetes para personas con discapacidad visual (+34 900 400 555). También se podrá solicitar el servicio de asistencia.
- Aplicación móvil: Renfe dispone de una app para la solicitud del servicio que se puede descargar como cualquier aplicación móvil:
- IRYO
- INOUI (SNCF-CONNECT)
También existe la posibilidad de solicitar el Servicio Adif Acerca directamente en las estaciones con servicio permanente, si no se ha realizado en el momento de la compra del billete, presentándose el cliente en el Centro Adif Acerca de cualquier estación con servicio permante de Adif ACERCA, con al menos 30 minutos antes de la salida del tren.
Las solicitudes de asistencia para los billetes de Renfe AVE Internacional (España-Francia), se podrán solicitar (con una antelación mínima de 24 horas antes de la salida del tren en origen), en el momento de la compra de su billete, o bien con posterioridad a la compra del billete, solicitándola en el teléfono de Información de Renfe +34 912 320 320 (24 horas).
La solicitud de asistencia para otros viajes internacionales con origen en alguna de las estaciones con Servicio Adif Acerca y destino estaciones de países de Europa pertenecientes a la Unión Internacional de Ferrocarriles (UIC), debe realizarse (una vez adquirido el billete) con una antelación mínima de 48 horas a la salida del tren en origen, a la Oficina Central Adif ACERCA (OCA) mediante correo electrónico oca.asistenciapmr@adif.es o en el teléfono +34 91 774 40 40 en horario de 6:00h. a 24:00h.
Información por Comunidades Autónomas
Andalucía Aragón Asturias, Principado de Balears, Illes Canarias Cantabria Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Ciudad de Ceuta Ciudad de Melilla Comunitat Valenciana Extremadura Galicia Madrid, Comunidad de Murcia, Región de Navarra, Comunidad Foral de País Vasco Rioja, La
Referencias legales y/o técnicas
- Reglamento (UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril
- Reglamento (UE) 1300/2014 de la Comisión de 18 de noviembre de 2014 sobre la especificación técnica de interoperabilidad relativa a la accesibilidad del sistema ferroviario de la Unión para las personas con discapacidad y las personas de movilidad reducida
- Declaración sobre la Red Adif
- Declaración sobre la Red Adif Alta Velocidad
- REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 2019/772 DE LA COMISIÓN de 16 de mayo de 2019 por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 1300/2014 en lo que respecta al inventario de activos, con el fin de identificar los obstáculos a la accesibilidad, proporcionar información a los usuarios y controlar y evaluar los avances en materia de accesibilidad.
- REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/1694 DE LA COMISIÓN de 10 de agosto de 2023 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 321/2013, (UE) n.o 1299/2014, (UE) n.o 1300/2014, (UE) n.o 1301/2014, (UE) n.o 1302/2014 y (UE) n.o 1304/2014 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/777