Compraventa de vehículos: Paso a paso
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Importar vehículo de la Unión Europea (UE) a España
Si quieres comprar un vehículo, ya sea nuevo o usado, en el extranjero para traerlo a España, has de tener en cuenta:
- Debes conservar la documentación original del vehículo.
- Debes tener un documento que acredite la titularidad del vehículo. En el caso de vehículos usados, el documento de compraventa del vehículo:
- Si se trata de venta entre particulares, contrato de compraventa acompañada de traducción.
- Si el vehículo lo adquieres a un compraventa, ya sea de España o del extranjero, factura en la que figure el número de IVA.
- Es importante que te dirijas al organismo del país de origen del vehículo para realizar los trámites pertinentes en el vehículo para ser exportado.
Una vez adquirido el vehículo y transportado hasta nuestro país, debes comenzar el proceso de importación del vehículo.
No hay condiciones especiales para registrar vehículos para estudiantes de otros países de la UE, ni propietarios de una segunda vivienda de otros países de la UE ni viajeros transfronterizos
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Paso 1: Obtención de la Tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en formato español
Debes presentar tu vehículo en una estación ITV para su revisión física. A la hora de acudir a la ITV deberás aportar la siguiente documentación:
- Permiso de circulación del país de origen.
- Certificado de conformidad (CoC).
- Contrato de compraventa o factura en el caso de no ser el titular del vehículo que consta en el permiso de circulación.
La estación ITV expedirá y te entregará la ficha ITV del vehículo en formato español.Si el vehículo no tenía la ITV en vigor, se deberá pasar la inspección técnica correspondiente.
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Paso 2: Pago de impuestos
El ciudadano debe declarar y abonar los impuestos vinculados a la importación y matriculación del vehículo:
- Justificante del pago correspondiente por la transmisión e importación del vehículo en la Agencia Estatal Tributaria .
- Justificante del pago / exención / no sujeción del Impuesto de Matriculación de la Agencia Estatal Tributaria , excepto en el caso de remolques.
- Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde tengas tu domicilio. Este impuesto está vinculado a la potencia del vehículo y se paga anualmente. Consulta con tu ayuntamiento para saber cómo pagarlo y su cuantía.
Es importante que conserves el justificante de haber abonado los impuestos. -
Paso 3: Solicitud a la Dirección General de Tráfico (DGT) para obtener la matriculación y el permiso de circulación
La matriculación de tu vehículo podrás hacerla telemáticamente en el registro electrónico de la DGT o presencialmente, entregando toda la documentación, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico . En este último caso, necesitas solicitar cita previa . Este trámite requiere el pago de una tasa que dependerá del tipo de vehículo que quieras solicitar.
Para realizar el trámite deberás aportar la siguiente documentación:
- Solicitud de matriculación rellena en impreso oficial .
- Documento de identificación del dueño del vehículo: documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
- Ficha ITV del vehículo expedida por una ITV .
- Documentación original del vehículo del país de origen.
- Justificante de haber pagado los impuestos .
- Justificante del domicilio fiscal del vehículo.
- En el caso de compra del vehículo, factura o contrato de compraventa.
- Número o justificante de pago de haber abonado la tasa 1.1, 99,77€ (año 2022) para cualquier tipo de vehículo excepto para ciclomotores que la tasa es la 1.2 de 27,85€ (año 2022). Puedes realizar el pago en nuestras oficinas mediante tarjeta de crédito, nunca en efectivo.
- Para vehículos nuevos adquiridos en la Unión Europea:
- Justificante del pago del IVA en la Agencia Estatal Tributaria o acreditar estar incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA
- Para vehículos usados adquiridos en la UE se solicitará además:
- Documentación original del vehículo.
- Documento que justifique el pago correspondiente en Hacienda:
- Si se trata de venta entre particulares, contrato de compraventa acompañada de traducción e Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales.
- Si el vehículo lo adquieres a un compraventa de país distinto de España, hay que aportar factura en la que figure el número de IVA.
- Si el vehículo lo adquieres a un compraventa español, se aportará factura y documento expedido por Hacienda, justificativo de estar dado de alta en esa actividad durante el ejercicio correspondiente.
- Si se trata de venta entre particulares, contrato de compraventa acompañada de traducción e Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales.
Si todo es correcto, la DGT matricula el vehículo, asignándole el número de matrícula y facilitándote el permiso de circulación.Una vez realizado el trámite deberás acudir a una tienda especializada para adquirir las placas de matrícula y colocarlas en el vehículo.
Exportar un vehículo español a un país de la UE
A la hora de exportar un vehículo español a otro país de la UE, lo primero que debes tener en cuenta es que debe ser un vehículo de tu propiedad.
Deberás solicitar en la DGT la baja definitiva del vehículo por exportación para que pueda ser matriculado en tu nuevo país de residencia.
Es importante que realices la baja definitiva por exportación antes de llevarlo a tu nuevo país de residencia.
Una vez realizada la baja y mientras no se tramite la nueva matriculación en tu nuevo país, tienes dos opciones para llevar el vehículo hasta su nuevo destino:
- Matricularlo temporalmente con unas placas verdes que te permitirán seguir circulando con él o
- Realizar el desplazamiento en una grúa u otro medio de desplazamiento alternativo.
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Paso 1. Transferencia del vehículo
Si no eres el titular del vehículo que quieres exportar y quieres tener el permiso de circulación a tu nombre, lo que tienes que hacer es la transferencia del vehículo.
Consulta los pasos que tienes que seguir para transferir un vehículo a tu nombre .
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Paso 2. Baja definitiva por exportación
La baja por exportación de tu vehículo podrás hacerla telemáticamente en el registro electrónico de la DGT o presencialmente, entregando toda la documentación, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico . En este último caso, necesitas solicitar cita previa . Este trámite requiere el pago de una tasa que dependerá del tipo de vehículo que quieras solicitar.
La baja por exportación requiere el pago de una tasa. Si el vehículo tiene más de 15 años de antigüedad desde su matriculación en España, no tendrás que pagar ningún importe.
Para obtener más información del importe a abonar, la documentación necesaria y los medios para realizar el trámite, puedes consultar el siguiente enlace .
A partir del momento en el que tu vehículo esté dado de baja, no podrás circular con él a menos que obtengas unas placas verdes temporales tal y como se explica a continuación.
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Paso 3. Matriculación temporal con placas verdes
Una vez realizada la baja y mientras no se tramita la nueva matriculación en tu nuevo país, tienes dos opciones para llevar el vehículo hasta su nuevo destino:
- Matricularlo temporalmente con unas placas verdes que te permitirá seguir circulando con él o
- Realizar el desplazamiento en una grúa u otro medio de desplazamiento alternativo.
Con este trámite obtendrás unas matrículas de placas verdes temporales con las que podrás circular con tu vehículo durante 60 días mientras realizas la exportación.
La matriculación temporal con placas verdes de tu vehículo podrás hacerla telemáticamente en el registro electrónico de la DGT o presencialmente, entregando toda la documentación, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico . En este último caso necesitas solicitar cita previa . Este trámite requiere el pago de una tasa que dependerá del tipo de vehículo que quieras solicitar.
Para realizar el trámite deberás aportar la siguiente documentación:
- Solicitud de matriculación rellena en impreso oficial .
- Documento de identificación del dueño del vehículo: documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros). No es necesario si lo haces a través de registro.
- Número o justificante de pago de haber abonado la tasa 1.4, 20,61€. Puedes realizar el pago de la tasa por internet o en nuestras oficinas mediante tarjeta de crédito, nunca en efectivo
- Documentación original del vehículo o, en caso de extravío, declaración responsable.
Una vez realizado el trámite, deberás acudir a una tienda especializada para adquirir las placas de matrícula verdes y colocarlas en el vehículo y podrás circular mientras realizas la matriculación en el país de destino, siempre que la ITV esté en vigor.
Referencias legales y/o técnicas
- Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
- Artículos 121 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los que se definen las vías de reparación o recurso del trámite.
- Artículos 21 y 24 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los que se indica la norma relativa a la falta de respuesta de la autoridad competente y sus consecuencias jurídicas para los usuarios, incluidas las disposiciones de aprobación tácita o de silencio administrativo.
- Disposición adicional vigésima novena de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en la que se indica la norma relativa a la falta de respuesta de la autoridad competente y sus consecuencias jurídicas para los usuarios, incluidas las disposiciones de aprobación tácita o de silencio administrativo.
- Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, relativa a los vehículos al final de su vida útil
- Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil