Última actualización: 07-02-2024

Inspección Técnica de Vehículos (ITV)

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Información sobre inspección técnica de vehículos

En España, la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) se desarrolla según lo establecido en el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre(Abre en nueva ventana) , por el que se regula la inspección técnica de vehículos.

Objetivo: Garantizar que los vehículos se encuentran en condiciones adecuadas para su circulación por la vía pública.

¿Dónde se realiza la ITV?

La ejecución material de las inspecciones técnicas será realizada en estaciones ITV, de acuerdo con el modelo de gestión que establezca la Comunidad Autónoma en ejercicio de sus competencias.

¿Con qué frecuencia se realiza la ITV periódica?

  • Turismos: Cuatro años después de la fecha de la primera matriculación, y a partir de entonces, cada dos años. Si el vehículo tiene más de diez años entonces la ITV se hace cada año.
  • Motocicletas y cuatriciclos: Cuatro años después de la fecha de la primera matriculación, y a partir de entonces, cada dos años.
  • Autobuses: Cinco años después de la fecha de matriculación y a partir de ahí semestral.
  • Ciclomotores: Tres años después de la fecha de matriculación y a partir de ahí cada dos años.

Para más información, ver el artículo 6 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre(Abre en nueva ventana) , por el que se regula la inspección técnica de vehículos.

Existe también la inspección técnica tras la reforma del vehículo, después de sufrir un accidente o la inspección previa a la matriculación, realizadas para la expedición de tarjetas ITV, en los casos previstos en el artículo 5 del Real Decreto 750/2010, de 4 de junio(Abre en nueva ventana) , por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos, y sus posibles revisiones.

Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica deberán colocar el correspondiente distintivo V-19 conforme a lo previsto en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos(Abre en nueva ventana) , que será entregado por la estación de ITV y tendrá la consideración de prueba de inspección.

La verificación de la vigencia del permiso podrá realizarse por parte de los agentes de la autoridad mediante comprobación de los datos existentes en el Registro de Vehículos de la DGT, informe de inspección o tarjeta ITV.

El cambio en la titularidad del vehículo no afecta a la validez de la inspección.

Vehículo originario de otro Estado miembro de la Unión Europea se matricula en España

  • Se aplica lo establecido en la Directiva 2014/45/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014(Abre en nueva ventana) , relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE.
  • Tiene que estar incluido en el ámbito de aplicación definido en el artículo 2 de la citada directiva.
  • Únicamente en relación con las inspecciones técnicas periódicas, se reconocerá el certificado de inspección técnica expedido por otro Estado miembro, siempre que dicho certificado sea válido en el marco de las frecuencias establecidas para dicho vehículo en este real decreto.
  • En caso de duda, se podrá verificar el certificado de inspección antes de reconocer su validez.

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