Última actualización: 20-12-2024

IVA: Normas generales

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Qué grava este impuesto

El Impuesto sobre el valor añadido (IVA) es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava:

  • las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales
  • las adquisiciones intracomunitarias
  • las importaciones de bienes

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Aplicación y actuaciones

En la aplicación del impuesto por los empresarios o profesionales se pueden distinguir dos aspectos:

  • Por sus ventas o prestaciones de servicios, repercuten a los adquirentes las cuotas de IVA que correspondan, con obligación de ingresarlas en el Tesoro.
  • Por sus adquisiciones, soportan cuotas que tienen derecho a deducir en sus declaraciones liquidaciones periódicas. En cada liquidación se declara el IVA repercutido a los clientes, restando de éste el soportado en las compras y adquisiciones a los proveedores, pudiendo ser el resultado tanto positivo como negativo.

Dependiendo del resultado:

  • Si el resultado es positivo, debe ingresarse en el Tesoro.
  • Si es negativo y se declara trimestralmente, el resultado se compensa en las declaraciones-liquidaciones siguientes; en este caso, si al final del ejercicio, en la última declaración presentada, el resultado es negativo, se puede optar por solicitar la devolución o bien compensar el saldo negativo en las liquidaciones del ejercicio siguiente.
  • Si es negativo y se declara mensualmente (se ha solicitado la inclusión en el registro de devolución mensual), la devolución se efectuará mes a mes.

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Ámbito territorial

El ámbito territorial de aplicación del impuesto en España es la península y Baleares.

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Información por Comunidades Autónomas

Mapa de España con comunidades autónomas Acceso al servicio de Ciudad de Melilla (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Navarra, Comunidad Foral de (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de País Vasco (Abre en ventana nueva) Ciudad de Melilla Navarra, Comunidad Foral de País Vasco

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