Última actualización: 21-10-2024

Prestaciones por desempleo

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La protección por desempleo

La protección por desempleo está destinada a las personas trabajadoras que, en edad de trabajar, se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:

  • pierden su empleo
  • ven suspendido su contrato
  • ven reducida su jornada de trabajo.

Esta protección puede ser:

  • total, cuando la persona trabajadora cesa en la actividad que venía desarrollando
  • parcial, cuando vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo (entre un mínimo de un 10% y un máximo de un 70%, cuando el salario sea objeto de análoga reducción).

La protección puede ser de 2 niveles:

  • De nivel contributivo, proporcionando una prestación a los trabajadores como consecuencia de la pérdida de su empleo, exigiéndose un requisito de cotización y otorgándose la prestación en función del periodo de cotización.
  • De nivel asistencial, ofreciendo protección asistencial a los trabajadores en desempleo que se encuentran en situaciones específicas, como puedan ser, entre otras:
    • Haber agotado la prestación por desempleo y tener responsabilidades familiares, o haber agotado la prestación, carecer de responsabilidades familiares y ser mayor de cuarenta y cinco años.
    • Ser trabajador español emigrante retornado de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo.
    • Ser mayor de 52 años, cumpliendo los requisitos previstos.

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La prestación contributiva por desempleo

Requisitos

Se puede acceder a esta prestación si se ha finalizado un contrato, se ha sido despedido o se ha sufrido una reducción de jornada y salario entre el 10 y el 70%, y se cumplen los siguientes requisitos:

  • Estar inscrito en la Seguridad Social en España, cotizando por desempleo.
  • Haber cotizado un mínimo de 360 días en los 6 años anteriores a la situación de desempleo.
  • Ser mayor de 16 años y no haber alcanzado aún la edad ordinaria de jubilación
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo, buscando empleo de forma activa y dispuesto a aceptar empleos adecuados para tener derecho a jubilación.

Cuantía

La cuantía de la prestación se calcula en función de la base reguladora (el promedio de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados, excluida la retribución por horas extraordinarias).

Si está en situación de desempleo total, la prestación por desempleo le da derecho a:

Primeros 180 días A partir del 181º día
El 70% de la base reguladora El 50% de la base reguladora

La cuantía de la prestación en ningún caso podrá ser superior o inferior a unos límites establecidos, dependiendo del número de familiares que la persona desempleada tenga a su cargo.

  Sin hijos Con hijos
Valores mínimos(Abre en nueva ventana) El 80% del IPREM(Abre en nueva ventana) , incrementado en una 6ª parte (560,00 EUR/mes) El 107% del IPREM(Abre en nueva ventana) , incrementado en una 6ª parte (749,00 EUR/mes)
  Sin hijos Con un hijo Con dos hijos
Valores máximos(Abre en nueva ventana) El 175% del IPREM(Abre en nueva ventana) , incrementado en una sexta parte (1225,00 EUR/mes) El 200% del IPREM(Abre en nueva ventana) , incrementado en una sexta parte (1400,00 EUR/mes) El 225% del IPREM(Abre en nueva ventana) , incrementado en una sexta parte (1575.00 EUR/mes)

En caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, la prestación se calculará en proporción a la reducción de la jornada de trabajo.

Los mínimos y máximos se reducirán proporcionalmente, tras aplicar el mismo porcentaje que suponga la jornada realizada sobre la jornada habitual de la empresa.

Duración

La duración de la prestación, que varía entre 120 y 720 días, depende del periodo de tiempo en que la persona ha pagado sus contribuciones a la Seguridad Social durante los 6 años precedentes.

Solicitud

Estas prestaciones las gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y pueden solicitarse a través de:

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Más información

Más información sobre protección por desempleo ofrecida por el SEPE.(Abre en nueva ventana)

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