Azken eguneraketa: 12-06-2025

Prestaciones por desempleo

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La protección por desempleo

La protección por desempleo está destinada a las personas trabajadoras que, en edad de trabajar, se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:

  • Pierden su empleo de forma voluntaria.
  • Ven suspendido su contrato por expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).
  • Ven reducida su jornada de trabajo por expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

 

Esta protección puede ser:

  • Total: Cuando la persona trabajadora cesa en la actividad que venía desarrollando
  • Parcial: Cuando vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo (entre un mínimo de un 10% y un máximo de un 70%, cuando el salario sea objeto de análoga reducción).

 

La protección puede ser de 2 niveles:

  • De nivel contributivo, proporcionando una prestación a las personas trabajadoras como consecuencia de la pérdida de su empleo, exigiéndose un periodo mínimo de cotización de 360 días y otorgándose la prestación en función de dicho periodo de cotización. Puedes obtener más información en el portal web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).(Abre en nueva ventana)
  • De nivel asistencial:
    • Si la persona trabajadora no tiene derecho a la prestación contributiva,
    • La asistencia se ha terminado,
    • O se encuentra en alguna de las situaciones protegidas por el subsidio de desempleo.
    • Consulta los requisitos de cada uno de los subsidios en el portal web del SEPE.(Abre en nueva ventana)

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La prestación contributiva por desempleo

Requisitos

 

Se puede acceder a esta prestación si la persona trabajadora ha finalizado un contrato, ha sido despedido/a o ha sufrido una reducción de jornada y salario entre el 10 y el 70%, y se cumplen los siguientes requisitos:

  • Estar afiliada o afiliado y en situación de alta en la Seguridad.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo.
  • Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación de desempleo.
  • No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

 

Puedes encontrar información completa sobre la prestación contributiva en este enlace(Abre en nueva ventana) .

Puedes encontrar información sobre cómo presentar la solicitud en:

Más información

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el Organismo Autónomo encargado de la gestión y control de las prestaciones por desempleo. Encuentra toda la información en su portal Web(Abre en nueva ventana) .

El Instituto Social de la Marina realiza la gestión de las prestaciones por desempleo correspondientes a las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Encuentra toda la información en este enlace(Abre en nueva ventana) .

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