Detalle del trámite
Ayudas económicas a las familias de personas usuarias de centros de atención diurna de personas mayores y con discapacidad durante la situación de suspensión de este servicio como consecuencia del covid-19, a través del Bono Cuidado Extraordinario a la dependencia.
Información básica
- Descripción:
- 1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de una línea de ayudas económicas para los gastos derivados de la contratación de un servicio de ayuda en el hogar, para la contratación o ampliación de jornada de personas cuidadoras o para paliar la disminución de ingresos por acogerse a una excedencia o reducción de jornada para atender en el domicilio a las personas usuarias de centros de día de personas mayores y de centros de día específicos de alzheimer, y de centros de día y ocupacionales de personas con discapacidad, y para la contratación de servicios de estimulación física y/o cognitiva la estas personas, toda vez que la actividad de estos centros está suspendida por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (código de procedimiento BS900B). 2. Así pues, para facilitar la atención de las personas usuarias de estos centros en su domicilio y para la prestación de los servicios de estimulación física y cognitiva, el objeto de esta orden se define a través de la concesión de ayudas económicas para los siguientes gastos: a) Modalidad de contratación de un servicio de ayuda en el hogar, de gastos derivados de la contratación o ampliación de jornada de personas cuidadoras, y de compensación por la disminución de ingresos por acogerse la una excedencia o reducción de jornada, en las condiciones detalladas en el artículo 3.1. b) Modalidad de contratación de servicios de estimulación física y/o cognitiva, en las condiciones detalladas en el artículo 3.2. Las dos modalidades son compatibles, esto es, las personas beneficiarias pueden solicitar una de ellas o las dos. 3. El otorgamiento de las ayudas a que se refiere esta orden se realiza basándose en las previsiones del artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
- Código SIA:
- 2328269
- Administración:
- Administración Autonómica
- Departamento:
-
Comunidad Autónoma de Galicia
- Nivel de tramitación electrónica:
- Tramitación electrónica
- Centro directivo:
-
Secretaría General Técnica de la Consellería de Política Social y Juventud
- Disponible para tramitación telemática por apoderado:
- No
Información adicional
- Materias
- Servicios Sociales e Igualdad