Jefatura del Estado

El actual monarca, Felipe VI, fue proclamado Rey de España el 19 de junio de 2014.

Según se establece en el artículo 56.1 de la Constitución española, el Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.

De acuerdo con la Constitución, como símbolo de la unidad del Estado, corresponde al Rey intervenir en importantes actos del Estado: 

  • Nombramientos del Presidente y de los Magistrados del Tribunal Constitucional (artículos 159 y 160);
  • Sanción y promulgación de las leyes (artículo 62 a);
  • Expedición de decretos acordados en el Consejo de Ministros (artículo 62 f);
  • Nombramiento del Presidente y de los miembros del Gobierno (artículos 99.3 y 100).
  • Nombramiento del Presidente del Tribunal Supremo (artículo 123.2);
  • Nombramiento de los Presidentes de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas (artículo 152.1).

 

También al Rey le corresponde:

  • El alto patronazgo de las Reales Academias (artículo 62 j).
  • Conferir los empleos civiles y militares, así como conceder honores y distinciones (artículo 62 f);
  • El mando supremo de las Fuerzas Armadas (artículo 62 h);
  • Ejercer el derecho de gracia (artículo 62 i);
 
 

 

Como símbolo de la permanencia del Estado, la Corona de España es hereditaria (artículo 57).

 

Como árbitro y moderador del funcionamiento regular de las instituciones, corresponde al Rey: : 

  • La convocatoria y disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones (artículo 62 b);
  • La convocatoria de referéndum (artículo 62 c);
  • La propuesta del candidato a presidente del Gobierno (artículo 62 d);
  • Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros (artículo 62 g).

 

Como más alto representante del Estado español en las relaciones internacionales, corresponde al Rey: 

  • Acreditar a los embajadores y otros representantes diplomáticos, manifestar el consentimiento del Estado en tratados, y declarar la guerra y hacer la paz (artículo 63).  

 

De acuerdo con lo dispuesto en las leyes correspondientes, corresponde al Rey el nombramiento de las siguientes autoridades

  • Presidente del Tribunal de Cuentas (artículo 29 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas).
  • Fiscal General del Estado (artículo 29.1 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal).
  • Gobernador del Banco de España (artículo 24.1 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España).

 

Prestan juramento o promesa ante el Rey:

  • Presidente y miembros del Gobierno.

  • Magistrados del Tribunal Constitucional (artículo 21 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional).

  • Presidente y Vocales del Consejo General del Poder Judicial (artículos 123.4 y 115 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial).

  • Presidente del Tribunal de Cuentas (artículo 21.6 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas).

  • Fiscal General del Estado (artículo 29.3 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal).

  • Gobernador del Banco de España.