Última actualización: 08-05-2025

Impuesto especial sobre labores del tabaco

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¿Dónde se aplica?

En la Península e Islas Baleares. Los envíos desde estos territorios a Canarias, Ceuta o Melilla, o viceversa, serán importaciones o exportaciones.

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¿Qué productos grava el impuesto?

  • Cigarros y cigarritos.
  • Cigarrillos.
  • Picadura de liar.
  • Los demás tabacos para fumar.

Están excluidos del impuesto especial los siguientes productos:

  • Productos que conteniendo tabaco no pueden ser fumados (rapé o tabaco para mascar).
  • Los cigarrillos electrónicos para vapear.

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Exenciones

  • Desnaturalización para finalidades industriales y agrícolas.
  • Análisis científico o de calidad: en régimen suspensivo.  
  • Importaciones de viajeros.
  • Pequeños envíos ocasionales, desde un país tercero, entre particulares, sin contraprestación.

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Devoluciones

Son los mismos supuestos ya mencionados en las normas generales.

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Tipos impositivos

El impuesto en cigarrillos y picadura de liar, un porcentaje del precio de venta al público y una cantidad por cada mil unidades de producto.  

Producto Tipo proporcional sobre el precio Tipo específico sobre unidades físicas Tipos mínimos
Cigarrillos 48,5% 33,50 €/ 1000 unidades
 
150 €/1000 unidades
Cigarros y cigarritos 15,8%   47 €/1000 unidades
 
Picadura de liar 37,63% 33,4 €/kilogramo 112,5 €/1000 unidades
 
Demás labores 34%   30 €/kilogramo

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Pago, registro e inscripción

Modelo 566(Abre en nueva ventana) Declaración-liquidación mensual, presentación en los veinte primeros días naturales siguientes al periodo mensual.

Modelo 515(Abre en nueva ventana) Solicitud de marcas fiscales para todo tipo de labores del tabaco. 

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Autoridad responsable de la información

Ministerio de Hacienda
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
Subdirección de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales