Tener un hijo

Fecha actualización: enero 2017.

Después de tener un hijo hay que inscribir al recién nacido en el Registro Civil, en la Seguridad Social, asignarle un pediatra, tramitar la baja de paternidad y/o de maternidad, etc.

A continuación se detallan para el caso más general los diferentes trámites a realizar, dónde realizarlos y la documentación necesaria. Para situaciones específicas de los padres se deben consultar los requisitos y normativa concreta.

En el hospital facilitan varios impresos que se necesitarán en alguno de los trámites que hay que realizar:

  • Informe médico de maternidad que estará firmado por el médico o la matrona que ha asistido al parto.
  • Cuestionario para la declaración de nacimiento que hay que cumplimentar con los datos de los padres, en caso de que el hospital en el que se haya producido el nacimiento se encuentre dentro de la medida de comunicación telemática de nacimientos a Registros Civiles desde centros sanitarios
  • Alta hospitalaria de la madre y del bebé.
  • Si los padres viven en un municipio diferente del municipio de nacimiento y van a inscribir al recién nacido en el Registro Civil del municipio del domicilio (ver apartado Inscripción en el Registro Civil para más detalle):
    • Certificado que indique que no se ha promovido la inscripción del recién nacido en el Registro Civil de la localidad de nacimiento. En caso de comunicación telemática del nacimiento desde el centro sanitario bastará con que el parte médico no lleve la indicación “Datos comunicados a Registro Civil” o alguna fórmula equivalente y esté sellado por el centro sanitario