Detalle de convocatoria
- Ref:
- 197298
- Descripción
- Guardamuelles Auxiliar para las islas de Mallorca y Menorca
- Plazas
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Bolsa de Empleo
- Ámbito geográfico
- AUTONÓMICO
- Comunidad Autónoma
- BALEARS, ILLES
- Titulación
- graduado/a en educación secundaria, graduado escolar, técnico/a de grado medio correspondiente a ciclos formativos de grado medio, técnico/a especialista correspondiente a formación profesional de primer grado, o título equivalente
- Tipo de personal
- PERSONAL LABORAL
- Tipo de vía
- Órgano convocante
- Puertos de las Islas Baleares
- Requisitos
- Estar en posesión de la autorización federativa en vigor para el manejo de embarcaciones de recreo a motor de hasta 6 metros de eslora y 40 kW de potencia máxima, en navegaciones de luz diurna y en áreas delimitadas por la capitanía marítima, o de la licencia de navegación. Estar en posesión del certificado B1 de conocimientos de lengua catalana.
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Desde el 09/05/2022
Hasta el 20/05/2022 El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el web de Puertos de las Illes Balears
- Disposiciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES
07/05/2022:
Resolución de la directora-gerente de Puertos de las Illes Balears por la que se convoca un concurso para formar parte de una bolsa de trabajo de personal laboral no permanente en la categoría profesional de guardamuelles auxiliar para las islas de Mallorca y Menorca
- Seguimiento
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09/07/2022:OTROS
Resolución de la directora-gerente de Puertos de las Illes Balears por la que se aprueba la lista de personas aspirantes seleccionadas del concurso para formar parte de una bolsa de trabajo de personal laboral no permanente en la categoría profesional de guardamuelles auxiliar para las islas de Mallorca y Menorca, convocado por la Resolución de la directora-gerente de Puertos de las Illes Balears de 3 de mayo de 2022 (BOIB n.º 60, de 7 de mayo de 2022)
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.