Detalle de Capacitación
- Ref:
- 190298
- Plazas
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Convocadas: 0Libres: 0Internas: 0Discapacidad general: 0Discapacidad intelectual: 0
- Ámbito geográfico
- NACIONAL
- Titulación
- Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, o, en su caso, de las certificaciones sustitutorias
- Órgano convocante
- Ministerio de Justicia
- Requisitos
- Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de la Abogacía, y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Universidades, e inscritos en el Registro Administrativo del Ministerio de Justicia establecido al efecto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 a 8 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio
- Más información :
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Desde el 05/03/2021
Hasta el 26/03/2021 El plazo de presentación de solicitudes de inscripción en la evaluación será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»
- Pruebas Selectivas
- Disposiciones
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
04/03/2021:
Orden PCM/188/2021, de 2 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado/a para el año 2021
- Seguimiento
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05/05/2021:OTROS
Resolución de 21 de abril de 2021, conjunta de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia y de la Secretaría General de Universidades, por la que se designa la Comisión evaluadora única de la prueba de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado/a para el año 2021
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.







