Detalle de convocatoria
- Ref:
- 162544
- Plazas
-
Convocadas: 119Libres: 100Internas: 11Discapacidad general: 8Discapacidad intelectual: 0
- Ámbito geográfico
- AUTONÓMICO
- Comunidad Autónoma
- MADRID, COMUNIDAD DE
- Titulación
- Médico Especialista en Pediatría y sus Áreas Específicas o haber obtenido el título de Médico Especialista conforme al procedimiento regulado en el Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre.
- Tipo de personal
- PERSONAL ESTATUTARIO, MILITAR, OTRO
- Tipo de vía
- Órgano convocante
- Consejería de Sanidad
- Requisitos
- No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico Pediatra de Atención Primaria, cualquiera que sea su situación administrativa.
-
Desde el 06/09/2012
Hasta el 06/10/2012
- Pruebas Selectivas
- Disposiciones
-
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
06/09/2012:
RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico Pediatra de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
- Seguimiento
-
25/05/2015:NOMBRAMIENTO
Resolución de 18 de mayo de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Médico Pediatra de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
12/09/2013:ADMITIDOS Y/O EXCLUIDOS PROVISIONALRESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueban las relaciones provisionales de admitidos y excluidos y se publica la de excluidos a las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico Pediatra de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.







