Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio

Referencia:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 361413
Denominación:
AYUDA/SUBVENCIÓN-Resolución de 18 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a la música y la lírica, correspondientes al año 2026.
Órgano convocante:
MINISTERIO DE CULTURA Madrid
Ámbito geográfico:
NACIONAL
Beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en cualquier Estado de la Unión Europea y demás Estados asociados al Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato, a excepción de los residentes en los considerados paraísos fiscales según el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de medidas fiscales urgentes, y 62 de la Ley 31/ 1990, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para el año 1991. Asimismo, podrán solicitar estas ayudas las personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
Observaciones:
Base reguladora publicada en BDNS: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17455
Presentación solicitudes:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre por la que se regula el Registro electrónico del Ministerio de Cultura, las personas jurídicas deberán presentar su solicitud a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura. Este será también el cauce preferente para las personas físicas sujetas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, aunque estas podrán atenerse a lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y elegir un medio de comunicación alternativo dentro de los previstos en la ley. La sede electrónica estará disponible para la presentación de solicitudes en la web del Ministerio de Cultura desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y hasta el último día de presentación.
Plazos (*):
Desde el 27/03/2026 hasta el 17/04/2026
Disposiciones:
diariopublicacion BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES
Resolución de 18 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a la música y la lírica, correspondientes al año 2026.
Fecha de disposición: 18/03/2026
Diario de publicación: 26/03/2026
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Extracto de Resolución de 18 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a la música y la lírica, correspondientes al año 2026.
Fecha de disposición: 18/03/2026
Diario de publicación: 26/03/2026
Bases reguladoras:
Denominación Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos
Info. adicional:
Las modalidades de ayudas a la música y la lírica son las siguientes: 1. Programas de apoyo para giras por España. 2. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal para la realización de actividades de música y lírica. 3. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes, congresos y residencias artísticas. 4. Programas de apoyo a temporadas líricas. 5. Programas de apoyo a encargos de composición vinculados a estreno. 6. Programas de apoyo a la internacionalización y giras en el extranjero.
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.
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