Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio
- Referencia:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 359927
- Denominación:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-ORDEN de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la Tarjeta Benvida, en los supuestos de gestación, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento familiar permanente en el año 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403B)
- Órgano convocante:
- Consellería de Política Social e Igualdad -Galicia
- Ámbito geográfico:
- AUTONÓMICO - GALICIA
- Beneficiarios:
- Podrán ser beneficiarias de esta ayuda aquellas personas residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que dispongan de documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero/a (NIE) y que se encuentren en uno de los siguientes supuestos: a) Encontrarse en la semana 21 o posterior de gestación entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. b) Tener hijas o hijos nacidos/as entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. c) Tener constituida la adopción, acogimiento familiar permanente o ser declarado/a en situación de guarda con fines adoptivos de uno o más menores de hasta tres años de edad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Presentación solicitudes:
- Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado, anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
- Disposiciones:
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EXTRACTO de la ORDEN de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la Tarjeta Benvida, en los supuestos de gestación, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento familiar permanente en el año 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403B)Fecha de disposición: 21/01/2026Diario de publicación: 05/02/2026ORDEN de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la Tarjeta Benvida, en los supuestos de gestación, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento familiar permanente en el año 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403B)Fecha de disposición: 21/01/2026Diario de publicación: 05/02/2026
| (*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015. |







