Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio

Referencia:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 359927
Denominación:
AYUDA/SUBVENCIÓN-ORDEN de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la Tarjeta Benvida, en los supuestos de gestación, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento familiar permanente en el año 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403B)
Órgano convocante:
Consellería de Política Social e Igualdad -Galicia
Ámbito geográfico:
AUTONÓMICO - GALICIA
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de esta ayuda aquellas personas residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que dispongan de documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero/a (NIE) y que se encuentren en uno de los siguientes supuestos: a) Encontrarse en la semana 21 o posterior de gestación entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. b) Tener hijas o hijos nacidos/as entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. c) Tener constituida la adopción, acogimiento familiar permanente o ser declarado/a en situación de guarda con fines adoptivos de uno o más menores de hasta tres años de edad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
Presentación solicitudes:
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado, anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
Disposiciones:
diariopublicacion DIARIO OFICIAL DE GALICIA
EXTRACTO de la ORDEN de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la Tarjeta Benvida, en los supuestos de gestación, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento familiar permanente en el año 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403B)
Fecha de disposición: 21/01/2026
Diario de publicación: 05/02/2026
diariopublicacion DIARIO OFICIAL DE GALICIA
ORDEN de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la Tarjeta Benvida, en los supuestos de gestación, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento familiar permanente en el año 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403B)
Fecha de disposición: 21/01/2026
Diario de publicación: 05/02/2026
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.
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