Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio
- Referencia:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 351006
- Denominación:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-DECRETO 168/2024, de 26 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria
- Órgano convocante:
- Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes -Extremadura
- Ámbito geográfico:
- AUTONÓMICO - EXTREMADURA
- Beneficiarios:
- Podrán concurrir a la convocatoria de ayudas las personas jurídico-privadas que reúnan los siguientes requisitos: — Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Oficial autonómico o nacion correspondiente. — Que se trate de personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro. — Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica — No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiar establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Presentación solicitudes:
- Las solicitudes, junto con el resto de documentación requerida, deberán ser presentadas modo telemático. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico https://www.juntaex.es/w/0638722, dentro de la ficha correspondiente al trámite
- Plazos (*):
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Desde el 17/01/2025 hasta el 13/02/2025 Será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
- Disposiciones:
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Fecha de disposición: 26/12/2024Diario de publicación: 16/01/2025Fecha de disposición: 26/12/2024Diario de publicación: 16/01/2025
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015. |