Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio
- Referencia:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 345571
- Denominación:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-NORMAS REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS DE ALIMENTACIÓN, OCIO Y CULTURA PARA MENORES EN SITUACIÓN SOCIOECONÓMICA DESFAVORECIDA DE COLEGIOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
- Órgano convocante:
- Consejería de Sanidad y Servicios Sociales -Ciudad Autónoma de Ceuta
- Ámbito geográfico:
- AUTONÓMICO - CIUDAD DE CEUTA
- Beneficiarios:
- Serán beneficiarios de las presentes ayudas, aquellos menores de edad que cumplan los siguientes requisitos: a) Que consten como empadronadas en la Ciudad Autónoma de Ceuta. b) Que se encuentran escolarizados en alguno de los Colegios/Centros públicos o concertados de la Ciudad Autónoma de Ceuta. c) Que hayan cursado Enseñanza Primaria o educación especial, durante el curso que correspondiera a la ayuda
- Presentación solicitudes:
- Los padres/madres/tutores, presentarán en el Colegio/Centro donde se encuentren escolarizados sus menores: a) La hoja de datos debidamente rellenada (ANEXO I)
- Plazos (*):
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Desde el 01/05/2024 hasta el 20/05/2024 Se iniciará el 1 de mayo de cada curso escolar, finalizando el 20 inclusive del mismo mes
- Disposiciones:
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Fecha de disposición: 29/04/2024Diario de publicación: 03/05/2024
- Bases reguladoras:
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Denominación Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de EmpleoDenominación Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por la que se establecen, en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo Estatal, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015. |