Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio
- Referencia:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 345557
- Denominación:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-Resolución de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 para financiar el Programa de Fomento Territorial del Empleo, “Subprograma 1: Personal Técnico en Desarrollo Local”
- Órgano convocante:
- Consejería de Educación y Formación Profesional -Región de Murcia
- Ámbito geográfico:
- AUTONÓMICO - MURCIA, REGIÓN DE
- Beneficiarios:
- Podrán ser beneficiarios de las ayudas y subvenciones contempladas en esta orden las entidades locales, incluidas sus corporaciones locales, sus organismos autónomos y entidades con competencias en promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades o corporaciones locales, así como los Consorcios, cuya finalidad principal sea la promoción del empleo y desarrollo local
- Presentación solicitudes:
- Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo único de instancia o formulario, de uso obligatorio, elaborado para cada modalidad de subvención disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia e irán dirigidas a la Directora General del SEF, - Código 4223: Fomento territorial del empleo
- Plazos (*):
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Desde el 06/05/2024 hasta el 03/06/2024 Será de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia
- Disposiciones:
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Fecha de disposición: 26/04/2024Diario de publicación: 03/05/2024Fecha de disposición: 26/04/2024Diario de publicación: 03/05/2024
- Bases reguladoras:
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Denominación Orden de 1 de diciembre de 2023 del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones del Programa para el fomento territorial del empleo
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015. |