Laguntza, diru-laguntza, beka edo sariaren xehetasuna

Referencia:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 343407
Denominación:
AYUDA/SUBVENCIÓN-RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024
Órgano convocante:
Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible -Extremadura
Ámbito geográfico:
AUTONÓMICO - EXTREMADURA
Beneficiarios:
Las ayudas podrán ser solicitadas por las agrupaciones de productores y productoras agrícolas reconocidas oficialmente en virtud del Decreto 69/2016, de 31 de mayo, por el que se regulan las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal (ATESVE) en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 107, de 6 de junio de 2016), o disposición reglamentaria que la sustituya, y que se encuentren activas, conforme a dicha normativa, en la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. Adicionalmente, el asesoramiento deberá versar sobre uno de los cultivos recogidos en el anexo I de las bases reguladoras
Presentación solicitudes:
Las solicitudes se confeccionarán y firmarán de forma electrónica, presentándose en todo caso telemáticamente y de manera especial y exclusiva a través de la Plataforma Arado, accesible en https://aradoacceso.juntaex.es a través del trámite “Ayudas Agrupaciones de Sanidad Vegetal”, al que se accederá mediante la clave principal validada por el Servicio de Sanidad Vegetal y de conformidad con los modelos normalizados de los anexos I y II de esta convocatoria
Plazos (*):
hasta el 04/03/2024 un plazo adicional de cuatro días hábiles, hasta el 4 de marzo inclusive
Desde el 06/02/2024 hasta el 26/02/2024 Será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y del extracto en el Diario Oficial de Extremadura
Disposiciones:
diariopublicacion DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA
MODIFICACIÓN del Extracto de la Resolución de 29 de diciembre 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024
Fecha de disposición: 23/02/2024
Diario de publicación: 27/02/2024
diariopublicacion DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA
RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024
Fecha de disposición: 23/02/2024
Diario de publicación: 27/02/2024
diariopublicacion DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA
EXTRACTO de la RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024
Fecha de disposición: 29/12/2023
Diario de publicación: 05/02/2024
diariopublicacion DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA
RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024
Fecha de disposición: 29/12/2023
Diario de publicación: 05/02/2024
Bases reguladoras:
Denominación ORDEN de 17 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.
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