AYUDA/SUBVENCIÓN-Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se convocan las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU(Programa Kit Digital).
Órgano convocante:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Ámbito geográfico:
NACIONAL
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas (según lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado ) y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en el Segmento I que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras:
a) Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
Presentación solicitudes:
Las solicitudes serán realizadas por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorización y se presentarán únicamente a través del formulario automatizado, que recogerá los puntos contemplados en el Anexo I de la presente Convocatoria, habilitado en la Sede Electrónica de Red.es, el cual también será accesible desde la plataforma Acelera Pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/), dentro del plazo establecido en el apartado vigesimosegundo de la presente Convocatoria, tal y como se detalla en el artículo 27 de las Bases Reguladoras.
Desde el 15/03/2022hasta el 15/03/2023
SE AMPLIA EL PLAZO:
El plazo de presentación de solicitudes será de doce (12) meses, computándose desde el 15 de marzo de 2022 a las 11:00 horas hasta el 15 de marzo de 2023 a las 11:00 horas, de conformidad con el artículo 23.2.g de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 26.1 de la Orden de Bases. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado tercero de la presente Convocatoria"
Desde el 15/03/2022hasta el 15/09/2022
El plazo de presentación de solicitudes será de seis (6) meses, computándose desde el 15 de marzo de 2022 a las 11:00 horas hasta el 15 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas, de conformidad con el artículo 23.2.g de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 26.1 dela Orden de Bases. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado tercero de la presente Convocatoria
Desde el 15/03/2023hasta el 31/12/2024
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 15 de marzo de 2022 a las 11:00 horas y finalizará el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas, de conformidad con el artículo 13.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 26.1 de la Orden de Bases. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado tercero de la presente Convocatoria."
Disposiciones:
Resolución de 28 de febrero de 2023 de la Dirección General de la entidad pública empresarial Red.es, M.P por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I en el marco de la agenda España digital 2025, Programa Kit Digital, para ampliar el plazo de presentación de solicitudes
Extracto de la Resolución de 28 de febrero de 2023 de la Dirección General de la entidad pública empresarial Red.es, M.P por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I en el marco de la agenda España digital 2025, Programa Kit Digital, para ampliar el plazo de presentación de solicitudes
Resolución de 7 de septiembre de 2022 de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I en el marco de la agenda España digital 2025, Programa Kit Digital, para ampliar el plazo de presentación de solicitudes
Extracto de la Resolución de 31 de mayo de 2022 de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la agenda España digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (Programa Kit Digital), para ampliar cuantía fijada inicialmente.
Extracto de la Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se convocan las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU(Programa Kit Digital).
Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se convocan las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU(Programa Kit Digital).
Denominación
Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Kit Digital)
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.