Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio
- Referencia:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 317096
- Denominación:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-ORDEN de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C).
- Órgano convocante:
- Consellería de Política Social y Juventud -Galicia
- Ámbito geográfico:
- AUTONÓMICO - GALICIA
- Requisitos:
- 1. Podrán optar a estas ayudas las entidades privadas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, apliquen la gratuidad de la atención educativa y de la matrícula en las escuelas infantiles 0-3 para segundos y sucesivos hijos e hijas, no accedan a la bonificación a través de otras líneas de ayuda de la Consellería de Política Social y cumplan los siguientes requisitos: a) Estar debidamente inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS) de la Consellería de Política Social, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia. b) Que la escuela infantil 0-3 por la que solicita las ayudas cumple los requisitos establecidos en el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, y en el Decreto 329/2005, de 28 de julio, por el que se regulan los centros de menores y los centros de atención a la infancia, así como en la normativa de desarrollo. c) Que la escuela infantil 0-3 por la que solicita las ayudas dispone de la documentación que acredita que los niños y niñas que asisten a ella siguen el calendario de vacunación infantil del Programa gallego de vacunación. d) Que la escuela infantil 0-3 por la que solicita las ayudas tiene sus tarifas desglosadas por tipo de gasto y actualizadas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS) de la Consellería de Política Social y aplica los mismos precios a la totalidad de los niños y niñas, con independencia del número de orden que ocupen en la unidad familiar. 2. Quedan excluidas de lo previsto en el número anterior las entidades privadas que gestionan escuelas infantiles 0-3 de titularidad de la Agencia Gallega de Servicios Sociales, del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar y de titularidad municipal.
- Presentación solicitudes:
- Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
- Plazos (*):
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Desde el 14/01/2021 hasta el 15/02/2021 El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. En el supuesto de escuelas infantiles que obtengan el permiso de inicio de actividades con posterioridad a la publicación de esta convocatoria el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de la fecha de notificación de dicho permiso y finalizará en todo caso el 30 de noviembre de 2021. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación o, en su caso, del día de la notificación del permiso de inicio de actividades. De acuerdo con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.Desde el 24/04/2021 hasta el 24/05/2021 Se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes que será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Las solicitudes presentadas según lo establecido en el párrafo anterior se tramitarán de acuerdo con las bases establecidas en la Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C).
- Disposiciones:
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Fecha de disposición: 16/04/2021Diario de publicación: 23/04/2021Fecha de disposición: 16/04/2021Diario de publicación: 23/04/2021Fecha de disposición: 16/04/2021Diario de publicación: 21/04/2021Fecha de disposición: 30/12/2020Diario de publicación: 13/01/2021Fecha de disposición: 30/12/2020Diario de publicación: 13/01/2021
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015. |