Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio

Referencia:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 315097
Denominación:
AYUDA/SUBVENCIÓN-RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y medidas de movilidad sostenible al trabajo, dentro del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES), con cargo al presupuesto del ejercicio 2020. Programa MOVES II-Infraestructura Comunitat Valenciana.
Órgano convocante:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Ámbito geográfico:
INTERNACIONAL
Beneficiarios:
1. Podrán acogerse a estas ayudas las personas y entidades que se enumeran a continuación en función de cada tipo de actuación: 1.1. Para la Actuación 2, Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos: a) Los profesionales autónomos que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. b) Las personas físicas mayores de edad, no incluidas en el anterior apartado, a excepción de los casos de discapacidad -que podrán ser menores de edad-, con residencia fiscal en España y no incluidas en el apartado anterior. c) Las Comunidades de propietarios. d) Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. e) Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el sector público institucional de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, que realicen su actividad en la Comunitat Valenciana. No obstante, no podrá ser beneficiaria la administración autonómica de la Comunitat Valenciana en su condición de beneficiaria directa de las ayudas reguladas en Real decreto 569/2020, sin que esta exclusión comprenda al sector público vinculado o dependiente de la administración autonómica valenciana, que podrá ser beneficiario siempre y cuando los organismos y entidades que lo integren cuenten con personalidad jurídica pública diferenciada, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines. 1.2. Para la Actuación 3 Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y para la Actuación 4 Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo, todos los enumerados para la actuación 2 a excepción de los identificados en los apartados b) y c) respectivamente, relativos a personas físicas y comunidades de propietarios
Observaciones:
El plazo de presentación de solicitudes a este programa de ayudas se iniciará el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV y finalizará transcurrido un año contado a partir de la entrada en vigor de la convocatoria, plazo a partir del cual no serán admitidas más solicitudes. No obstante, si se produce un agotamiento del presupuesto disponible antes del cierre del programa, las solicitudes que se presenten hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes podrán seguir registrándose en lista de reserva provisional, y serán atendidas por riguroso orden de entrada en caso de que se produzcan desestimaciones, desistimientos, renuncias o revocaciones de las ayudas previas que pudieran liberar presupuesto, o en el caso de aumento o reajuste de la distribución presupuestaria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la presente convocatoria. Transcurrida la fecha de cierre de programa no se registrarán más solicitudes de reserva, aun cuando se produzca con posterioridad a la misma una liberación de crédito presupuestario. Se dará publicidad del agotamiento del presupuesto disponible, tanto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), como en la en la página web del IVACE http://www.ivace.es y en la página específica destinada al programa http://moves.ivace.es.
Presentación solicitudes:
La solicitud se adecuará al modelo normalizado el cual se generará a través de la aplicación web de solicitud accesible a través de la página http://moves.ivace.es y de http://www.ivace.es.
Plazos (*):
Desde el 07/10/2020 hasta el 06/10/2021 El plazo de presentación de solicitudes a este programa de ayudas se iniciará el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV y finalizará transcurrido un año contado a partir de la entrada en vigor de la convocatoria, plazo a partir del cual no serán admitidas más solicitudes
Disposiciones:
diariopublicacion DIARI OFICIAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA
Extracto de la corrección de errores de la Resolución de 1 de octubre de 2020, del presidente del IVACE, por la que se convocan ayudas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y medidas de movilidad sostenible al trabajo, dentro del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES), con cargo al presupuesto del ejercicio 2020. (Programa MOVES II-Infraestructura Comunitat Valenciana).
Fecha de disposición: 01/10/2020
Diario de publicación: 14/06/2021
diariopublicacion DIARI OFICIAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 1 de octubre de 2020, del presidente del IVACE, por la que se convocan ayudas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y medidas de movilidad sostenible al trabajo, dentro del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES), con cargo al presupuesto del ejercicio 2020 (Programa MOVES II-Infraestructura Comunitat Valenciana).
Fecha de disposición: 01/10/2020
Diario de publicación: 11/06/2021
diariopublicacion DIARI OFICIAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA
RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y medidas de movilidad sostenible al trabajo, dentro del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES), con cargo al presupuesto del ejercicio 2020. Programa MOVES II-Infraestructura Comunitat Valenciana
Fecha de disposición: 01/10/2020
Diario de publicación: 06/10/2020
diariopublicacion DIARI OFICIAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA
Extracto de la Resolución de 1 de octubre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y medidas de movilidad sostenible en el trabajo, dentro del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES), con cargo al presupuesto del ejercicio 2020 (programa MOVES II-Infraestructura Comunitat Valenciana).
Fecha de disposición: 01/10/2020
Diario de publicación: 06/10/2020
Bases reguladoras:
Denominación Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla.
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.
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