Elecciones europeas
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Ciudadanos de otro Estado miembro de la UE que quieran votar en las elecciones europeas en España
Para poder votar en las elecciones europeas es necesario estar inscrito en el censo electoral de las elecciones al Parlamento Europeo y para ello se precisa:
- Estar empadronado en el municipio de residencia habitual.
- Haber manifestado su voluntad de votar en las elecciones al Parlamento Europeo en España y declarado que solo ejercerá ese derecho de voto en España, además de informar de la última circunscripción en su país de origen a efectos de poder ser identificado en su país de origen y evitar el doble voto.
- Tener 18 años cumplidos el día de la votación.
Ciudadanos españoles que quieran votar en las elecciones europeas en España mientras viven en otro país de la UE
Toda la información se encuentra en el epígrafe Votar desde el extranjero .
Requisitos para los ciudadanos de la UE que quieran presentarse como candidatos a las elecciones europeas en el país de la UE de acogida
Conforme a la normativa vigente (artículo 210 bis de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General) , son elegibles en las elecciones al Parlamento Europeo todas las personas residentes en España, que sin haber adquirido la nacionalidad española tengan la condición de ciudadano de la Unión Europea.
Deberán además cumplir los siguientes requisitos:
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Reunir las condiciones para ser elegibles según la legislación española ( artículo 6 Ley Orgánica del Régimen Electoral General
): mayor de edad, residente en España y no incurso en causa de inelegibilidad.
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Ser titulares del derecho de sufragio pasivo (derecho a ser elegido) en su Estado de origen.
Referencias legales y/o técnicas
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Instituto Nacional Estadística
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Directiva 93/109/CE del Consejo, de 6 de diciembre de 1993, por la que se fijan las modalidades de ejercicio de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo por parte de los Ciudadanos de la Unión residentes en un Estado miembro del que no sean nacionales.
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Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. Artículos 38, 39, 210bis.
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Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de votación para los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero
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Resolución de 12 de abril de 2013, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se establecen los procedimientos y se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el censo electoral para las elecciones al Parlamento Europeo de los ciudadanos nacionales de otros países de la Unión Europea residentes en España.
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Resolución de 27 de octubre de 2014, de la Oficina del Censo Electoral, sobre reclamaciones a los datos de inscripción en el Censo Electoral.
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Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
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