Detail of Aid, Grant, Scholarship, or Award

Reference:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 346071
Denomination:
AYUDA/SUBVENCIÓN-Resolución del 8 de mayo de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial correspondientes al año 2024
Convener organ :
MINISTERIO DE CULTURA Madrid
Geographical scope :
NACIONAL
Beneficiaries:
Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas las personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector público o privado, que deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades y otros entes locales, asociaciones e instituciones sin fines de lucro, universidades y entidades dependientes de comunidades autónomas. Los solicitantes deberán acreditar su capacidad y adecuación para la realización de la actividad para la que se solicita la ayuda. Las entidades solicitantes deberán aportar como financiación propia al proyecto al menos el 10% del coste total del mismo declarado en la memoria o, en su caso, el 10% del coste del proyecto reformulado. No podrán presentarse a esta convocatoria los solicitantes en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre, ni los que sean deudores por reintegro de subvenciones en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Las entidades que no sean administraciones públicas (entidades sin ánimo de lucro) deberán tener en cuenta que las cantidades recibidas en concepto de subvención quedarán sometidas a lo regulado por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Los solicitantes, por el solo hecho de solicitar estas ayudas, se comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y el resultado de la misma, así como a cumplir las obligaciones que se establecen en el artículo 14 de la LGS.
Submission of requests :
Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura https://cultura.sede.gob.es (apartado “Trámites y Procedimientos”) de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (PACAP), así como en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre (BOE de 19/12/09), por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura. El procedimiento para la solicitud de ayudas para proyectos de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial a través del registro electrónico del Ministerio de Cultura ha sido expresamente incluido en el ámbito de dicho registro en la citada orden ministerial. En la página web antes citada se encontrará la información necesaria para completar la solicitud. En caso de problemas técnicos pueden dirigirse a: soporte.sede.sec@cultura.gob.es.
Deadlines (*):
Desde el 19/05/2024 hasta el 17/06/2024
Arrangements :
diariopublicacion BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES
Resolución del 8 de mayo de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial correspondientes al año 2024
Date of disposal: 08/05/2024
Journal of publication: 18/05/2024
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Extracto de la Resolución del 8 de mayo de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial correspondientes al año 2024
Date of disposal: 08/05/2024
Journal of publication: 18/05/2024
Regulatory bases :
Denomination Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos
(*) The date shown in the presentation period is indicative. In summons of the General Administration of the State, only holidays of national scope have been considered non-active; in calls for Autonomous Communities and Local Entities, national holidays and the corresponding Autonomous Community. This calculation is subject to the incidents derived from the prescriptions established in article 30 of Law 39/2015, of October 1, BOE of October 2, 2015.
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