Detall d'Ajuda, subvenció, beca o premi
- Referència:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 325461
- Denominació:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-Resolución de 2 de diciembre de 2021, conjunta del Instituto Gallego de Promoción Económica y de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, por la que se da publicidad del acuerdo que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los servicios de desarrollo estratégico, profesionalización, innovación y adopción de soluciones de digitalización para su realización en empresas gallegas (programa Re-acciona), cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG401A).
- Òrgan convocant:
- Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) -Galicia
- Ámbit geogràfic:
- AUTONÓMICO - GALICIA
- Beneficiaris:
- Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (pymes), incluyendo los autónomos, comunidades de bienes, asociaciones, fundaciones o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo actividad empresarial. En cualquier caso, deberán tener radicado algún centro de trabajo en Galicia, y cumplir la definición de pyme. Para esta definición se utilizará la establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio de 2014), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (en adelante, Reglamento (UE) nº 651/2014). El Igape realizará las comprobaciones documentales necesarias para garantizar que las empresas beneficiarias tienen la condición de pyme, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del referido Reglamento (UE) nº 651/2014 antes de emitir informe favorable a la concesión.
- Presentació solicituds:
- Los períodos de admisión de solicitudes se anunciarán en la página web del Igape (http://www.igape.es/reacciona) y en su oficina virtual (http://tramita.igape.es), y serán los especificados en la convocatoria. Si se da el caso de agotamiento de los servicios contratados a las empresas mediante licitación pública, se publicará tal circunstancia en el Diario Oficial de Galicia con el fin de anular los plazos de presentación de solicitudes que faltaran por producirse
- Terminis (*):
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Desde el 31/01/2022 hasta el 04/03/2022 Convocatoria 2022.2: comienza el 31.1.2022 y finaliza el 4.3.2022.Desde el 07/03/2022 hasta el 08/04/2022 Convocatoria 2022.3: comienza el 7.3.2022 y finaliza el 8.4.2022.Desde el 22/12/2021 hasta el 28/01/2022 Convocatoria 2022.1: comienza el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el 28.1.2022.
- Disposicions:
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Data de disposició: 02/12/2021Diari de publicació: 21/12/2021
- Bases reguladores:
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Denominació RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2021, conjunta del Instituto Gallego de Promoción Económica y de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, por la que se da publicidad del acuerdo que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los servicios de desarrollo estratégico, profesionalización, innovación y adopción de soluciones de digitalización para su realización en empresas gallegas (programa Re-acciona), cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG401A).
(*) La data que figura en el termini de presentació té caràcter indicatiu. En convocatòries de l'Administració General de l'Estat només s'han considerat inhàbils les festes d'àmbit nacional; en convocatòries de Comunitats Autònomes i Entitats Locals, les festes d'àmbit nacional i de la Comunitat Autònoma corresponent. Aquest còmput aquesta subjecte a les incidències derivades de les prescripcions establertes en l'article 30 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, BOE de 2 d'octubre de 2015. |