Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio
- Referencia:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 322763
- Denominación:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-RESOLUCION de 20 de julio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa I, de ayudas a la promoción de empleo autónomo, cofinanciado por el programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y del Programa II, de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (códigos de procedimiento TR341D y TR349F).
- Órgano convocante:
- Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad -Galicia
- Ámbito geográfico:
- AUTONÓMICO - GALICIA
- Beneficiarios:
- PROGRAMA I:Serán beneficiarias aquellas personas que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive, como titulares o cotitulares del negocio o explotación. PROGRAMA II:Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la primera, segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido.
- Observaciones:
- Se establecen los siguientes programas de ayudas: a) Programa I: promoción del empleo autónomo (código de procedimiento TR341D). b) Programa II: programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida y formación de personas asalariadas (código de procedimiento TR349F).
- Presentación solicitudes:
- Las solicitudes de subvención deberán presentarse por separado para cada uno de los programas de esta orden en los modelos de solicitud que figuran como anexos (anexo I y anexo I-A) junto con la documentación y en el plazo establecido para cada tipo de programa. Las solicitudes se deberán presentar obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
- Plazos (*):
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Desde el 05/08/2021 hasta el 04/10/2021 Las solicitudes de ayudas por las contrataciones subvencionables realizadas entre el 1 de octubre de 2020 y la fecha de la publicación de esta orden deberán presentarse en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la publicación de la ordenDesde el 05/08/2021 hasta el 30/09/2021 Las ayudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden deberán solicitarse hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral indefinida por la que se solicita subvención. Si el último día de plazo es inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas finalizará el 30 de septiembre de 2021, aunque en esa fecha no hubiese transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior.Desde el 05/08/2021 hasta el 30/09/2021 PROGRAMA I: A partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el 30 de septiembre de 2021.
- Disposiciones:
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Fecha de disposición: 20/07/2021Diario de publicación: 04/08/2021Fecha de disposición: 20/07/2021Diario de publicación: 04/08/2021Fecha de disposición: 20/07/2021Diario de publicación: 04/08/2021
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015. |