Última actualización: 15-10-2024

Pensionistas transfronterizos: Fiscalidad

Pensiones de otros países para residentes en España

Si una persona física es residente fiscal en España deberá tributar en España por su renta mundial, es decir, deberá declarar en España las rentas que obtenga en cualquier parte del mundo, sin perjuicio de lo que se disponga en el Convenio para evitar la doble imposición internacional suscrito entre España y el país de origen de la pensión.

Hay que tener en cuenta el país de origen de la pensión, por si España ha suscrito con el mismo un Convenio para evitar la doble imposición y, en el caso de que así sea, buscar el artículo del Convenio aplicable a la pensión.

Los Convenios suscritos por España, en general, siguen el Convenio modelo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), por lo que suele haber dos artículos dedicados a pensiones, uno a las derivadas de un empleo anterior en el sector público (Estado, subdivisiones políticas, entidades locales) y otro a las derivadas de un empleo anterior en el sector privado.

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País con convenio para evitar la doble imposición

Para saber la potestad tributaria de cada Estado sobre la pensión:

  • Hay que ir a las disposiciones del Convenio.

  • En su caso, ir a las medidas aplicables para paliar la doble imposición.

  • Es necesaria la consulta al Convenio concreto aplicable por si tiene alguna particularidad.

En caso de doble imposición:

  • Corresponderá a España, como país de residencia, arbitrar esas medidas.

  • Las medidas consisten normalmente en la aplicación de una deducción.

  • En determinados casos, el Convenio puede disponer una exención de la pensión en el país de residencia (España), si bien con aplicación de progresividad lo que supone que la renta exenta se añade al resto de rentas para calcular el tipo de gravamen aplicable al resto de las rentas.

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País sin convenio para evitar la doble imposición

Si la pensión es gravada también en el país de origen, el contribuyente podrá aplicar la deducción por doble imposición internacional.

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Obligación de declarar por Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

En cuanto a la obligación de declarar por el IRPF, hay que atender a los límites fijados para cada año, resaltando varias cuestiones:

  • Que las pensiones se consideran rendimientos del trabajo,

  • Que las rentas exentas no se tienen en cuenta para determinar la obligación de declarar,

  • Y que el pagador no residente de una pensión extranjera no es un obligado a retener a cuenta del IRPF,

Esto hace que el límite de rentas a partir del que se inicia la obligación de declarar es más bajo que respecto de otros rendimientos del trabajo.

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Recursos y reclamaciones contra liquidaciones tributarias

La actividad de la Administración Tributaria es una actividad reglada. La normativa tributaria establece que los actos de liquidación de los tributos dictados por la Administración Tributaria pueden ser recurridos por los interesados en caso de disconformidad, conforme a los artículos 222 y siguientes de la Ley General Tributaria(Abre en nueva ventana) , así como al Reglamento de desarrollo de dicha Ley en materia de revisión en vía administrativa. En los documentos de notificación de los actos de las liquidaciones tributarias se indica siempre la forma y plazo para recurrirlos.

Si se desea recurrir, se debe optar, en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al que se practique la notificación, entre presentar:

  • Un recurso de reposición, mediante escrito dirigido al órgano que dicta el acto, incluyendo las alegaciones que se formulen y adjuntando los documentos que sirvan de base a sus pretensiones, o

  • Una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo correspondiente, órgano que no depende de la Agencia Tributaria. En caso de optar por presentar reclamación económico-administrativa, el escrito de interposición se dirigirá al órgano que dicta el acto, el cual lo remitirá al Tribunal competente.

Tanto el recurso de reposición como la reclamación económico-administrativa podrán ser presentados a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria(Abre en nueva ventana) , utilizando los sistemas de firma electrónica admitidos.

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Autoridad responsable de la información

Ministerio de Hacienda
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Departamento de Gestión Tributaria
Subdirección General de Información y Asistencia