Última actualización: 28-10-2024

Conexión a servicios de telecomunicaciones

Contenido de esta página

Derechos de los usuarios de telecomunicaciones

La Ley General de Telecomunicaciones(Abre en nueva ventana) y la Carta de Derechos de los usuarios de servicios de comunicaciones electrónicas(Abre en nueva ventana) , reconocen una serie de derechos específicos de los usuarios de este sector. 

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La Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones

La Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones(Abre en nueva ventana) es la unidad  que tiene encomendadas dos funciones principales:

  • informar a los usuarios sobre sus derechos
  • informar a los usuarios sobre las vías para presentar, ante la propia Oficina, una reclamación contra un operador de telecomunicaciones, en caso de discrepancia con él.  

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Telefonía fija, móvil, acceso a internet, paquetes de voz y datos

La normativa sobre telecomunicaciones detalla los derechos específicos que corresponden a los usuarios del servicio de telefonía fija, móvil, acceso a internet y paquetes de voz y datos.

En la página de la Oficina de atención al usuario de telecomunicaciones figuran cuáles son esos derechos: 

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Derecho a la conexión. Servicio universal

Todos los ciudadanos tienen derecho a disfrutar de una conexión a la red telefónica fija.

Esta conexión debe permitir la posibilidad de hacer y recibir llamadas y disfrutar de una velocidad de acceso a internet descendente de 1 Mbps. 

Más información sobre el Servicio universal(Abre en nueva ventana) .

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Operador designado en España para el Servicio universal

El operador que garantiza en España el Servicio universal es TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U.

Este operador tiene la obligación de proporcionar una conexión a la red telefónica fija que garantice un acceso funcional a Internet.

La página web de TELEFÓNICA DE ESPAÑA es www.movistar.es(Abre en nueva ventana) .

Su teléfono de atención es el 1004.

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Pago de cuota de conexión en el Servicio universal

Para obtener una línea telefónica del operador que presta el Servicio universal (TELEFÓNICA DE ESPAÑA), debe abonarse una cuota de conexión.

Información sobre el precio(Abre en nueva ventana) .

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Domicilios que ya disponen de una conexión

Para los domicilios que ya disponen de una conexión, lo único que necesita realizar el usuario que desee contar con el servicio de telefonía o internet fijo es realizar la correspondiente solicitud de alta a su operador. 

Todos aquellos operadores que estén en condiciones de suministrar el servicio, lo harán tras el contrato celebrado con el consumidor.

En caso de no encontrar ningún operador, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, como operador designado en España para garantizar el Servicio universal, está obligado a proporcionar el servicio. 

Más información sobre el Servicio universal(Abre en nueva ventana) .

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Necesidad de una nueva conexión

Cuando un domicilio no dispone de conexión alguna al servicio telefónico fijo, lo único que necesita realizar el usuario que desee contar con el servicio de telefonía o internet fijo es realizar la correspondiente solicitud de alta de línea a su operador. 

Todos aquellos operadores que estén en condiciones de suministrar el servicio, lo harán tras el contrato celebrado con el consumidor.

En caso de no encontrar ningún operador, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, como operador designado en España para garantizar el Servicio universal, está obligado a proporcionar el servicio. 

Más información sobre el servicio universal(Abre en nueva ventana) .

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Derecho a cambiar de operador

Todos los usuarios del servicio telefónico fijo o móvil, y del servicio de acceso a Internet, tienen derecho a cambiar de operador en cualquier momento.

Si el cambio es entre operadores de telefonía fija o móvil, el usuario tiene derecho a conservar su número de teléfono (portabilidad).

El derecho a la portabilidad existe:

  • En telefonía fija, cuando se cambia de operador sin cambiar de ubicación física
  • En telefonía móvil, en todo caso

Para cambiar de operador con conservación de número (portabilidad) basta con dirigir la petición al operador nuevo (receptor) que la coordinará con el anterior (donante). 

Para cambios de operador sin portabilidad (es decir, cambio de operador de internet o de telefonía pero sin conservación de número), es preciso tramitar la baja con el operador anterior y el alta con el nuevo. 

Puedes obtener aquí más información sobre la portabilidad:

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Comparadores de precios

Hasta el momento, no existe una página oficial que contenga una herramienta para comparar precios entre operadores.

No obstante, existen abundantes comparadores privados de tarifas. 

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Reclamaciones

Todos los usuarios de telecomunicaciones pueden presentar una reclamación cuando consideren que sus derechos han sido vulnerados.

En la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones(Abre en nueva ventana)  te puedes informar de lo siguiente:

  • ¿Sobre qué cuestiones podría reclamar?
  • ¿Qué tipos de procedimientos de reclamaciones existen?
  • ¿Quién pueden presentar una reclamación?
  • ¿Qué vías existen para presentar una reclamación?
  • ¿Qué información debe tener la reclamación?
  • ¿Cómo puedo obtener información sobre reclamaciones presentadas?

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Impago de facturas

Cuando un usuario no paga una factura de un servicio de telecomunicaciones, debe distinguirse si se trata de la telefonía fija o de la móvil:

  • En el caso de la telefonía fija, el operador debe dirigir un requerimiento de pago al usuario. Si este no lo atiende, podrá suspender, durante dos meses, las llamadas salientes (excepto las de emergencias). Si el impago continúa, el operador podrá cortar definitivamente la línea. 
  • Para el servicio de telefonía móvil no existe una regulación específica, por lo que las consecuencias del impago, y la posibilidad de cortar el servicio, se regularán en las condiciones generales que publique el operador.

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Personas con rentas bajas

Para personas con renta baja, el servicio universal de telecomunicaciones obliga a TELEFÓNICA DE ESPAÑA a ofrecer el "Abono social", que consiste en un descuento en la cuota de alta y también en la cuota mensual de abono. 

Para ser beneficiario del Abono social deben cumplirse determinados requisitos. En concreto, va dirigido a jubilados y a pensionistas cuya renta familiar no exceda el 120% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Consistirá en la aplicación de una bonificación del 70% en el importe de la cuota de alta o cuota de conexión de líneas individuales y del 95% en el importe de la cuota de abono de la línea individual de carácter periódico.

Más información sobre el abono social. (Abre en nueva ventana)

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Prestaciones para personas con discapacidad

Servicio universal

Como parte del Servicio universal, TELEFÓNICA DE ESPAÑA está obligada a garantizar prestaciones especiales para personas con discapacidad. 

Información sobre estas prestaciones(Abre en nueva ventana) .

Otros operadores

Con independencia del servicio universal, el resto de operadores también han puesto en práctica medidas para garantizar el acceso equivalente para personas con discapacidad.

Para conocerlas, debes ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de los operadores. 

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Información por Comunidades Autónomas

Mapa de España con comunidades autónomas Acceso al servicio de Andalucía (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Castilla-La Mancha (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Cataluña (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Galicia (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Madrid, Comunidad de (Abre en ventana nueva) Andalucía Castilla-La Mancha Cataluña Galicia Madrid, Comunidad de

Andalucía Aragón Asturias, Principado de Balears, Illes Canarias Cantabria Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Ciudad de Ceuta Ciudad de Melilla Comunitat Valenciana Extremadura Galicia Madrid, Comunidad de Murcia, Región de Navarra, Comunidad Foral de País Vasco Rioja, La

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Autoridad responsable de la información

Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de comunicación audiovisual
Subdirección General de Atención al usuario de telecomunicaciones y servicios digitales