Organismos adscritos a los ministerios

La Administración General del Estado desarrolla sus funciones también a través de organismos públicos dependientes de la misma con funciones o cometidos concretos. Existen distintos tipos según las normas que las regulan:

  • Organismos Autónomos. Se rigen por el derecho público principalmente de forma análoga a los Ministerios. Por ejemplo, el Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Entidades Públicas Empresariales. Se rigen por el derecho público en el ejercicio de las competencias públicas que tienen asignadas y por el derecho privado en otros aspectos. Por ejemplo, la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre.
  • Agencias es. Reguladas por normas de derecho público, tienen una mayor autonomía de gestión. Por ejemplo, la La Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios.
  • Fundaciones Públicas. El Estado es el que instituye más de la mitad de su patrimonio. Se rigen por las mismas normas que las demás fundaciones con algunas salvedades en materia de contratación, contabilidad y control financiero por ejemplo la Fundación Colección Thyssen Bornemisza.
  • Empresas Públicas. El Estado posee más del 50% de su capital. Se rigen por el derecho privado si bien deben respetar algunas normas especiales en temas de contratación, control financiero, etc. por formar parte del sector público: Correos y Telégrafos, Loterías y Apuestas del Estado, Renfe.
  • Consorcios con otras administraciones.