Autoridad responsable de la información
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Dirección General de Trabajo
Última actualización: 26-03-2026
La ley fija condiciones y límites, y los reglamentos los aplican.
Los convenios colectivos pueden concretarlos.
Estas cuestiones se regulan en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores.
También se recogen en la Guía Laboral:
Estas cuestiones se regulan en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores.
También se recogen en la Guía Laboral:
Estas cuestiones se regulan en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.
También se recogen en la Guía Laboral:
Estas cuestiones se regulan en el Artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.
También se recogen en la Guía Laboral:
Es la situación en la que se encuentran los trabajadores impedidos temporalmente para trabajar debido a enfermedad común o profesional y accidente, sea o no de trabajo, mientras reciban asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
También tienen la consideración de situaciones determinantes de incapacidad temporal los períodos de observación por enfermedad profesional en los que se prescriba la baja en el trabajo durante los mismos.
La información sobre esta prestación (beneficiarios, requisitos, cuantía de la prestación, duración, causas de extinción, gestión y documentación, etc.) se facilita en la Guía Laboral y en la página web de la seguridad social.
Reconocimientos médicos según el artículo 22 Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales: La vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo es obligatoria para el empresario y por cuenta del mismo.
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