Detall d'Ajuda, subvenció, beca o premi
- Referència:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 342463
- Denominació:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-Resolución de 1 de diciembre de 2023, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, subvenciones públicas para el período 2024 de Reskilling y Upskilling, para la formación de cualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación, para empresas, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
- Òrgan convocant:
- Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias -Principado de Asturias
- Ámbit geogràfic:
- AUTONÓMICO - ASTURIAS, PRINCIPADO DE
- Beneficiaris:
- Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en la presente convocatoria los siguientes beneficiarios: 1. Empresas, a título individual, con centro de trabajo en el Principado de Asturias, que presenten proyectos de formación y, en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral. Las empresas podrán ser de titularidad de personas físicas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho. 2. Agrupaciones empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales de cualquier dimensión, con centro de trabajo en el Principado de Asturias, que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas. — Las agrupaciones de empresas estarán a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. — Estas agrupaciones deberán nombrar un representante o apoderado/a único/a con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. — En el documento que suscriban para constituir la agrupación deberá constar el compromiso de las empresas agrupadas en relación con la ejecución de la actividad subvencionada y el importe de subvención a aplicar, en su caso, a cada una de ellas. — La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 3. Entidades sin ánimo de lucro, con centro de trabajo en el Principado de Asturias, que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para la población activa en búsqueda de empleo, así como colectivos de especial vulnerabilidad.
- Observacions:
- Modificación los apartados decimotercero y decimocuarto de la convocatoria, estableciendo como período de realización de los proyectos hasta el 30 de junio de 2025 y cómo período máximo de justificación de los proyectos hasta el 30 de septiembre de 2025
- Terminis (*):
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Desde el 16/12/2023 hasta el 15/02/2024 Dos meses desde el día siguiente a la publicación del presente extracto
- Disposicions:
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Data de disposició: 10/10/2024Diari de publicació: 18/10/2024Data de disposició: 01/12/2023Diari de publicació: 15/12/2023
- Bases reguladores:
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Denominació Resolución de 7 de octubre de 2022, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para el desarrollo de acciones de Reskilling y Upskilling, para la formación de cualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales, en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación, para empresas, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro.
- Dotació econòmica:
- La convocatoria prevé un crédito máximo estimativo de tres millones novecientos sesenta y nueve mil quinientos sesenta y un euros con ochenta y siete céntimos (3.969.561,87 €) correspondiente a la anualidad 2024.
(*) La data que figura en el termini de presentació té caràcter indicatiu. En convocatòries de l'Administració General de l'Estat només s'han considerat inhàbils les festes d'àmbit nacional; en convocatòries de Comunitats Autònomes i Entitats Locals, les festes d'àmbit nacional i de la Comunitat Autònoma corresponent. Aquest còmput aquesta subjecte a les incidències derivades de les prescripcions establertes en l'article 30 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, BOE de 2 d'octubre de 2015. |