Compraventa de vehículos: Transferencia
Contenido de esta página
¿Qué debes saber?
Si estás decidido a realizar la compra, deberás:
- Firmar un contrato de compraventa con el vendedor,
- Abonar el impuesto de transmisiones en la Comunidad Autónoma correspondiente y
- Realizar la transferencia en la Dirección General de Tráfico (DGT).
Una vez que hayas realizado la transferencia y tengas el vehículo a tu nombre, podrás continuar con el proceso de exportación del vehículo.
No hay condiciones especiales para registrar vehículos para estudiantes de otros países de la UE, ni propietarios de una segunda vivienda de otros países de la UE ni viajeros transfronterizos.
Transferencia de vehículos para exportación paso a paso
-
Paso 1. Firma de contrato
Si estás decidido a realizar la compra, deberás firmar un contrato de compraventa con el vendedor en el que consten:
- Los datos del vehículo,
- El precio de compra y
- La fecha y hora en la que se firma el contrato.
No olvides que el contrato debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen.
Tienes un plazo de 30 días desde la firma del contrato para realizar la transferencia.
En nuestras oficinas verificamos que has abonado la tasa correspondiente y toda la documentación requerida –no olvides el permiso de circulación original–, y realizaremos la transferencia en el momento.
-
Paso 2. Pago de impuestos
Debes pagar en la Comunidad Autónoma en la que te encuentres empadronado, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620 o modelo 621 según corresponda) por la transferencia del vehículo y conservar el justificante.
En casi todas las Comunidades Autónomas lo puedes hacer fácilmente y de manera telemática.
-
Paso 3: Realización de la transferencia en la DGT
Una vez firmado el contrato y abonados los impuestos de la transmisión, puedes realizar el trámite de la transferencia en tráfico.
Podrás hacerla telemáticamente en el registro electrónico de la DGT o presencialmente, entregando toda la documentación, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico . En este último caso, necesitas solicitar cita previa . Este trámite requiere el pago de una tasa que dependerá del tipo de vehículo.
Aquí tienes toda la información sobre el trámite con la documentación que necesitas.
Una vez realizada la transferencia y tengas el vehículo a tu nombre, podrás continuar con el proceso de exportación del vehículo.
Paso 1. Firma de contrato
Si estás decidido a realizar la compra, deberás firmar un contrato de compraventa con el vendedor en el que consten:
- Los datos del vehículo,
- El precio de compra y
- La fecha y hora en la que se firma el contrato.
No olvides que el contrato debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen.
Tienes un plazo de 30 días desde la firma del contrato para realizar la transferencia.
En nuestras oficinas verificamos que has abonado la tasa correspondiente y toda la documentación requerida –no olvides el permiso de circulación original–, y realizaremos la transferencia en el momento.
Paso 2. Pago de impuestos
Debes pagar en la Comunidad Autónoma en la que te encuentres empadronado, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620 o modelo 621 según corresponda) por la transferencia del vehículo y conservar el justificante.
En casi todas las Comunidades Autónomas lo puedes hacer fácilmente y de manera telemática.
Paso 3: Realización de la transferencia en la DGT
Una vez firmado el contrato y abonados los impuestos de la transmisión, puedes realizar el trámite de la transferencia en tráfico.
Podrás hacerla telemáticamente en el registro electrónico de la DGT o presencialmente, entregando toda la documentación, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico . En este último caso, necesitas solicitar cita previa . Este trámite requiere el pago de una tasa que dependerá del tipo de vehículo.
Aquí tienes toda la información sobre el trámite con la documentación que necesitas.
Una vez realizada la transferencia y tengas el vehículo a tu nombre, podrás continuar con el proceso de exportación del vehículo.
Referencias legales y/o técnicas
- Artículo 28 del Reglamento General de Vehículos.
- Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola
- Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.
- Capítulo I del Reglamento General de Vehículos.
- Artículo 44 y 48 del Reglamento General de Vehículos.