Certificado de antecedentes penales para trabajos que impliquen contacto habitual con menores
La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia establece la obligación de acreditar, para quienes pretendan acceder o ejercer profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores , que no tienen antecedentes penales por haber cometido delitos sexuales.
Hasta la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, el próximo 1 de marzo, la ausencia de antecedentes penales se acredita mediante el certificado de antecedentes penales, que puede ser obtenido a través de diversos canales :
- Por vía telemática: en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia .
- Por correo postal: dirigido a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia , o al Centro de Información al Ciudadano .
- Por vía presencial:
- Ante los registros de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
- Ante los registros de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y las Subdelegaciones del Gobierno en las Provincias.
- Ante los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a cualquier Administración Local en los términos señalados por el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
- A través de las entidades en las que se va a ejercer la profesión, oficio o actividad con menores: dichas entidades pueden solicitar la expedición de los correspondientes certificados sobre sus trabajadores o colaboradores, de forma conjunta, previo consentimiento expreso de éstos.
Plataforma de Intermediación de Datos
Asimismo, desde el pasado mes de noviembre, el Registro Central de Penados se ha incorporado a la Plataforma de Intermediación de Datos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, posibilitando que cualquier Administración pueda acceder al Registro a fin de obtener el correspondiente certificado acreditativo de no tener ningún tipo de antecedentes penales, previa autorización de la persona afectada. De este modo, no es necesario que el ciudadano se desplace a solicitar el certificado de antecedentes penales, evitando la necesidad de presentar documentos que ya obran en poder de las Administraciones Públicas y agilizando así su tramitación.
Entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales
Con la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, a partir del próximo 1 marzo de 2016, el certificado sobre antecedentes penales por delitos sexuales, se pondrán en marcha medidas adicionales para simplificar el cumplimiento de estos trámites, implantándose mecanismos aún más ágiles, gratuitos y cómodos para que los ciudadanos puedan acreditar rápidamente la ausencia de antecedentes penales de carácter sexual para poder acceder o ejercer profesiones, oficios o actividades que impliquen un contacto habitual con menores.