AYUDA/SUBVENCIÓN-Resolución de 2 de marzo de 2026, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones reguladas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas
Órgano convocante:
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública
-Andalucía
Ámbito xeográfico:
AUTONÓMICO
- ANDALUCÍA
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios los municipios, las provincias y las demás Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía reconocidas por la legislación de régimen local, así como la Federación Andaluza de Municipios y Provincias u otras Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico, legalmente constituidas en Andalucía, cuyos estatutos consignen fines y actividades que permitan la formación de los empleados públicos
Presentación solicitudes:
Las solicitudes, que se ajustarán al modelo oficial, adjunto como Anexo II, se presentarán de forma electrónica desde la página web del IAAP, http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica, a través del enlace existente en Subvenciones FEDAP Administración Local que conecta con el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía
Desde el 09/03/2026hasta el 27/03/2026
Será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
Disposicións:
Resolución de 27 de marzo de 2026, de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica el Acuerdo del Instituto Andaluz de Administración Pública, por el que se determina la ampliación del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas
Corrección de errores de la Resolución de 2 de marzo de 2026, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones reguladas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (BOJA núm. 45, de 6 de marzo de 2026)
EXTRACTO de la Resolución de 2 de marzo de 2026, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones reguladas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas
Resolución de 2 de marzo de 2026, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones reguladas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas
Denominación
Orden de 28 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
(*) A data que figura no prazo de presentación ten carácter indicativo. En convocatorias da Administración Xeral do Estado só se consideraron inhábiles as festas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas e Entidades locais, as festas de ámbito nacional e da Comunidade Autónoma correspondente. Este cómputo esta suxeito ás incidencias derivadas das prescricións establecidas no artigo 30 da Lei 39/2015, de 1 de outubro, BOE de 2 de outubro de 2015.