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Erreferentzia:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 360107
Denominazioa :
AYUDA/SUBVENCIÓN-Orden AGA/103/2026, de 23 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores y a la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027, para el año 2026.
Konbentzioko organoa :
Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación -Aragón
Geografia-esparrua :
AUTONÓMICO - ARAGÓN
Onuradunak:
- Podrán ser personas beneficiarias de la subvención de establecimiento de jóvenes agricultores aquellas personas físicas que, atendiendo a las definiciones del artículo 2 de la Orden AGA/157/2024, de 16 de febrero: a) Inicien su establecimiento en una explotación agraria o se hayan incorporado a la actividad agraria hasta 24 meses antes de la solicitud de la subvención. b) Reúnan los requisitos de edad para su establecimiento como joven agricultor en la fecha de solicitud de la subvención. c) Tengan capacitación adecuada en la fecha de establecimiento. d) Sean jefe de explotación en la fecha de establecimiento. e) Acrediten su condición de agricultor profesional en la fecha de establecimiento. f) Justifiquen la aportación de, al menos, 1/2 UTA real personalmente a la explotación de instalación desde la fecha de establecimiento hasta final de compromisos. g) Presenten con su solicitud un plan empresarial que fundamente su establecimiento como joven agricultor en una explotación agraria según el modelo adjunto en el anexo 1.3 de esta orden. Su desarrollo y ejecución comenzará dentro de los nueve meses siguientes concesión de la subvención. - Podrán ser personas beneficiarias de la subvención de modernización y/o mejora de explotaciones agrarias las personas físicas y jurídicas, así como los entes sin personalidad jurídica siempre que cumplan las siguientes condiciones en el momento de fin de plazo de presentación de solicitudes: a) Ser titular de una explotación declarada en los registros agrarios, que requiera al menos 1/2 UTA teórica cuya RUT sea igual o superior al 35% de la renta de referencia del año de la convocatoria y con una dimensión económica en términos de PET inferior a un millón de euros. Esta condición de titularidad deberá mantenerla también en el momento de la certificación final. b) Tener ubicada en Aragón la mayor parte de la base territorial de la explotación, excepto en el supuesto de inversiones fijas ligadas a la tierra en Aragón, en cuyo caso serán objeto de la ayuda, aunque la mayor parte de la base territorial de explotación no esté en Aragón. Esta condición de ubicación deberá mantenerla también en el momento de la certificación final. c) Presentar un plan de mejora que contemple la situación de origen y la proyectada con la ejecución de las inversiones según modelo adjunto en el anexo 1.4 de esta orden. d) Cumplir con los requisitos legales de gestión y de buenas condiciones agrarias y medioambientales necesarios de acuerdo con la normativa comunitaria, nacional y autonómica. Esta condición de cumplimiento deberá mantenerla también en el momento de la certificación final. e) Se ajustará a la definición de microempresa y pequeña empresa según la definición del anexo 5 de esta orden
Oharrak :
Base reguladora publicada en BDNS: https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1317697620404 Ver punto de la orden AGA/157/2024 "Séptimo.- Compatibilidad de las subvenciones": Intervención 6961.1 “Establecimiento de jóvenes agricultores”. Intervención 6841.2 “Modernización y/o mejora de explotaciones agrarias”.
Eskaerak aurkezteko :
Las personas interesadas o sus representantes legales confeccionarán y registrarán su solicitud través de los distintos servicios y menús disponibles en https://aplicaciones.aragon.es/agrsnw.
Epeak (*) :
Desde el 28/01/2026 hasta el 09/04/2026 Modificación: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el 9 de abril de 2026, tanto para las solicitudes de establecimiento de jóvenes agricultores, como para las solicitudes de modernización y/o mejora de explotaciones agrarias.”
Agiriak :
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN
ORDEN AGA/475/2026, de 11 de marzo, por la que se modifica la Orden AGA/103/2026, de 23 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores y a la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027, para el año 2026.
Eskuragarritasuna: 11/03/2026
Argitalpenen aldizkaria: 25/03/2026
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN
EXTRACTO de Orden AGA/103/2026, de 23 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores y a la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027, para el año 2026.
Eskuragarritasuna: 23/01/2026
Argitalpenen aldizkaria: 28/01/2026
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN
Orden AGA/103/2026, de 23 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores y a la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027, para el año 2026.
Eskuragarritasuna: 23/01/2026
Argitalpenen aldizkaria: 28/01/2026
Arau-oinarriak :
Izena ORDEN AGA/157/2024, de 16 de febrero, por la que aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el establecimiento de jóvenes agricultores y para la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027.
Informazio osagarria :
Las personas solicitantes podrán presentar una única solicitud de subvención para cada intervención.
(*) Aurkezpen epea adierazten den data adierazgarria da. Estatuko Administrazio Orokorraren deialdiaren arabera, nazio mailako esparruko oporrei bakarrik aktibo ez direnak hartu dira kontuan; Autonomia Erkidegoen eta Tokiko Entitateen, jai nazionalen eta dagokion Autonomia Erkidegoaren deialdietan. Azterketa hori 2015eko urriaren 2ko BOEko urriaren 1eko 39/2015 Legearen 30. artikuluan ezarritako preskripzioetatik eratorritako gorabeheren menpe dago.
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