AYUDA/SUBVENCIÓN-ORDEN 102/2024, de 12 de agosto, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea NextGenerationEU, para el año 2024
Órgano convocante:
Consejería de Digitalización
-Comunidad de Madrid
Ámbito xeográfico:
AUTONÓMICO
- MADRID, COMUNIDAD DE
Beneficiarios:
Podrán solicitar esta subvención las entidades sin ánimo de lucro, las ONG´s y demás entidades del tercer sector que impartan formación en materia de capacitación digital a los ciudadanos nacionales, comunitarios, extranjeros o apátridas que tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid. A tal efecto deberán presentar junto a la solicitud un proyecto de formación en competencias digitales en los términos del artículo 9 de las bases reguladora
Presentación solicitudes:
Los solicitantes deberán relacionarse de forma electrónica con la Comunidad de Madrid conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cualquiera de los siguientes lugares para presentar la solicitud y la documentación que debe acompañarla:
— Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid/
Desde el 04/09/2024hasta el 31/12/2024
Hasta el agotamiento del crédito disponible, o en caso de que esto no ocurra, hasta el 31 de diciembre de 2025
Disposicións:
ORDEN 143/2025, de 30 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 102/2024, de 12 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU, para el año 2024; y se aprueba su convocatoria para 2025.
EXTRACTO de la ORDEN 102/2024, de 12 de agosto, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea NextGenerationEU, para el año 2024
ORDEN 102/2024, de 12 de agosto, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea NextGenerationEU, para el año 2024
La cuantía individualizada de la subvención se obtendrá multiplicando a cada alumno de cada actividad formativa efectivamente realizada por una cuantía de 108,30 euros. La cuantía máxima que podrá solicitar cada entidad solicitante por proyecto de formación asciende a 324.900 euros, correspondiente a la formación de 3.000 alumno
(*) A data que figura no prazo de presentación ten carácter indicativo. En convocatorias da Administración Xeral do Estado só se consideraron inhábiles as festas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas e Entidades locais, as festas de ámbito nacional e da Comunidade Autónoma correspondente. Este cómputo esta suxeito ás incidencias derivadas das prescricións establecidas no artigo 30 da Lei 39/2015, de 1 de outubro, BOE de 2 de outubro de 2015.