Detall d'Ajuda, subvenció, beca o premi

Referència:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 348399
Denominació:
AYUDA/SUBVENCIÓN-Resolución de 29 de julio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género y a hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de género para el ejercicio 2024
Òrgan convocant:
Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo -Principado de Asturias
Àmbit geogràfic:
AUTONÓMICO - ASTURIAS, PRINCIPADO DE
Requisits:
— Línea primera: Hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de género: ser hija o hijo hasta los dieciocho años de edad, inclusive, huérfana/o de una mujer asturiana o empadronada en el Principado de Asturias en el momento en que se produjo el asesinato o ser hijo o hija menor de veintiséis años y huérfano/a de una mujer asturiana o empadronada en el Principado de Asturias en el momento del asesinato, y estar realizando estudios reglados; estar empadronada/o y tener residencia efectiva en el Principado de Asturias y disponer de unas rentas o ingresos mensuales iguales o inferiores a 3 veces el Índice Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM), considerado en doce mensualidades. — Línea segunda: Mujeres víctimas de violencia de género: ser mayor de edad o estar legalmente emancipada; ser víctima de violencia de género; estar empadronada y tener residencia efectiva en el Principado de Asturias; disponer de unas rentas o ingresos mensuales iguales o inferiores a 3 veces el Índice Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM), considerado en doce mensualidades; contar con el informe positivo del centro asesor de la mujer, en el que conste la situación de víctima de violencia de género y la indicación de que esta ayuda servirá en su proceso de recuperación y no convivir con el agresor
Beneficiaris:
Mujeres víctimas de violencia de género que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica en el Principado de Asturias, con la finalidad de facilitar su proceso de recuperación y ayudas a hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de género
Presentació sol·licituds:
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0325T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud
Terminis (*):
Desde el 20/08/2024 hasta el 17/09/2024
Disposicions:
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
EXTRACTO de la Resolución de 29 de julio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género y a hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de género para el ejercicio 2024
Data de disposició: 29/07/2024
Diari de publicació: 19/08/2024
diariopublicacion BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género y a hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de género para el ejercicio 2024
Data de disposició: 29/07/2024
Diari de publicació: 19/08/2024
Bases reguladores:
Denominació Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Presidencia del Principado de Asturias, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género y a hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de género
Dotació econòmica:
— Línea primera: 30.000 €. La cuantía de la ayuda será de 3.000 euros en un pago único anual, que podrá ser percibida desde el año en que se solicite hasta el año en que se alcance la mayoría de edad, inclusive, o hasta que se cumplan los veintiséis años, en caso de cursar estudios reglados. Será preciso renovar la solicitud cada año junto a la justificación de la continuidad de la residencia efectiva en el Principado de Asturias y la continuidad de los estudios en caso de ser mayor de dieciocho años. — Línea segunda: 1.058.000 €. La cuantía de la ayuda será de 3.000 euros en un pago único anual. La ayuda podrá ser solicitada por tres años, que pueden ser consecutivos o no, siempre con previa acreditación del cumplimiento de los requisitos y circunstancias para su concesión
(*) La data que figura en el termini de presentació té caràcter indicatiu. En convocatòries de l'Administració General de l'Estat només s'han considerat inhàbils les festes d'àmbit nacional; en convocatòries de Comunitats Autònomes i Entitats Locals, les festes d'àmbit nacional i de la Comunitat Autònoma corresponent. Aquest còmput aquesta subjecte a les incidències derivades de les prescripcions establides en l'article 30 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, BOE de 2 d'octubre de 2015.
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