Detall d'Ajuda, subvenció, beca o premi

Referència:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 346043
Denominació:
AYUDA/SUBVENCIÓN-Decreto de 6 de mayo de 2024, del concejal-presidente del Distrito de Barajas por el que se aprueba la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2024.
Òrgan convocant:
Ayuntamiento de Madrid Madrid
Àmbit geogràfic:
LOCAL - MADRID
Beneficiaris:
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Barajas y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, OBRGS
Presentació sol·licituds:
Las solicitudes, junto con los anexos que procedan y la documentación exigida en cada caso, se dirigirán al Concejal Presidente del Distrito de Barajas y deberán presentarse electrónicamente, accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es. Para ello, se deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
Terminis (*):
Desde el 20/05/2024 hasta el 07/06/2024
Disposicions:
diariopublicacion BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES
Decreto de 6 de mayo de 2024, del concejal-presidente del Distrito de Barajas por el que se aprueba la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2024.
Data de disposició: 06/05/2024
Diari de publicació: 17/05/2024
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Extracto del decreto de 6 de mayo de 2024, del concejal-presidente del Distrito de Barajas por el que se aprueba la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2024
Data de disposició: 06/05/2024
Diari de publicació: 17/05/2024
Bases reguladores:
Denominació Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013, por el que se aprueba la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.
(*) La data que figura en el termini de presentació té caràcter indicatiu. En convocatòries de l'Administració General de l'Estat només s'han considerat inhàbils les festes d'àmbit nacional; en convocatòries de Comunitats Autònomes i Entitats Locals, les festes d'àmbit nacional i de la Comunitat Autònoma corresponent. Aquest còmput aquesta subjecte a les incidències derivades de les prescripcions establides en l'article 30 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, BOE de 2 d'octubre de 2015.
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