Detalle de Axuda, subvención, bolsa ou premio
- Referencia:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 345775
- Denominación:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-Orden de 29 de abril, por la que se convocan para el ejercicio 2024, las subvenciones destinadas al programa Cultiva, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores en explotaciones modelo
- Órgano convocante:
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Ámbito xeográfico:
- NACIONAL
- Beneficiarios:
- Las entidades representativas y vinculadas con los sectores agrícola y ganadero previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que cumplan los requisitos previstos en sus artículos 4, 5 y 6 y los criterios de valoración previstos en su artículo 11.
- Presentación solicitudes:
- Las solicitudes de ayuda, acompañadas de la correspondiente documentación, se dirigirán al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán conforme a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por vía electrónica mediante certificado digital válido y compatible a través del Registro Electrónico General, disponible en el Punto de Acceso General Electrónico (PAGe), o de la sede electrónica asociada del Departamento (https://sede.mapa.gob.es/) debiendo cumplimentarse el formulario de solicitud, que estará disponible en la misma sede, y adjuntando los restantes documentos requeridos
- Prazos (*):
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Desde el 13/05/2024 hasta el 31/05/2024
- Disposicións:
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Data de disposición: 29/04/2024Diario de publicación: 10/05/2024Data de disposición: 29/04/2024Diario de publicación: 10/05/2024
- Bases reguladoras:
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Denominación Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la organización del Programa CULTIVA, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores en explotaciones modelo, y se convocan las correspondientes al ejercicio 2021.
(*) A data que figura no prazo de presentación ten carácter indicativo. En convocatorias da Administración Xeral do Estado só se consideraron inhábiles as festas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas e Entidades locais, as festas de ámbito nacional e da Comunidade Autónoma correspondente. Este cómputo esta suxeito ás incidencias derivadas das prescricións establecidas no artigo 30 da Lei 39/2015, de 1 de outubro, BOE de 2 de outubro de 2015. |