Detalle de Axuda, subvención, bolsa ou premio
- Referencia:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 327620
- Denominación:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-Orden TMA/178/2022 de 28 de febrero de 2022, por laque se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la rehabilitación de edificios de titularidad pública y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Órgano convocante:
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Ámbito xeográfico:
- NACIONAL
- Beneficiarios:
- Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas aquellas entidades locales (EELL), entendiendo por tales, los municipios, con independencia de su tamaño y población, las Diputaciones Provinciales, los Cabildos y Consells insulares que sean titulares de un inmueble que cumpla las condiciones exigidas por estas bases reguladoras.
- Presentación solicitudes:
- La solicitud debe cumplimentarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: http://sede.mitma.gob.es//
- Prazos (*):
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Desde el 13/03/2022 hasta el 10/06/2022 . 90 días naturales para las actuaciones de la Línea 2.Desde el 13/03/2022 hasta el 26/04/2022 Se diferencian dos plazos para la entrega de solicitudes en función de la línea a la que pertenezcan las actuaciones: . 45 días naturales para las actuaciones de la Línea 1
- Disposicións:
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Data de disposición: 28/02/2022Diario de publicación: 12/03/2022Data de disposición: 28/02/2022Diario de publicación: 12/03/2022
- Bases reguladoras:
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Denominación Orden TMA/178/2022, de 28 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la rehabilitación de edificios de titularidad pública y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
- Dotación económica:
- Línea 1: 250.000.000€, para edificios a rehabilitar cuya recepción de obra, sin observaciones ni reparos, tenga lugar como máximo el 30 de septiembre de 2024. Línea 2: 350.000.000€, para edificios a rehabilitar cuya recepción de obra, sin observaciones ni reparos, tenga lugar como máximo el 31 de marzo de 2026.
(*) A data que figura no prazo de presentación ten carácter indicativo. En convocatorias da Administración Xeral do Estado só se consideraron inhábiles as festas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas e Entidades locais, as festas de ámbito nacional e da Comunidade Autónoma correspondente. Este cómputo esta suxeito ás incidencias derivadas das prescricións establecidas no artigo 30 da Lei 39/2015, de 1 de outubro, BOE de 2 de outubro de 2015. |