Detalle de Axuda, subvención, bolsa ou premio
- Referencia:
- AYUDA/SUBVENCIÓN - 326562
- Denominación:
- AYUDA/SUBVENCIÓN-RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones correspondientes a programas de actuación en favor de las entidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2022 (código de procedimiento PR924B).
- Órgano convocante:
- Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes -Galicia
- Ámbito xeográfico:
- AUTONÓMICO - GALICIA
- Beneficiarios:
- 1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en esta convocatoria en cada programa las entidades gallegas inscritas en el Registro de la Galleguidad en cualquiera de las categorías que figuran en la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad. 2. A los efectos de lo previsto en el artículo 10.2.f) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, dada la naturaleza de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria y que las beneficiarias son entidades gallegas sin ánimo de lucro, quedan exceptuadas de la prohibición de recibir dichas ayudas las entidades que tengan la residencia fiscal en los territorios identificados reglamentariamente como paraísos fiscales, siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para acceder a la condición de beneficiarias de la subvención de que se trate
- Presentación solicitudes:
- Las entidades con sede social en España presentarán las solicitudes obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado que figura como anexo I de esta resolución, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
- Prazos (*):
-
Desde el 08/02/2022 hasta el 07/03/2022 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último del mes.
- Disposicións:
-
Data de disposición: 30/12/2021Diario de publicación: 07/02/2022Data de disposición: 30/12/2021Diario de publicación: 07/02/2022
(*) A data que figura no prazo de presentación ten carácter indicativo. En convocatorias da Administración Xeral do Estado só se consideraron inhábiles as festas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas e Entidades locais, as festas de ámbito nacional e da Comunidade Autónoma correspondente. Este cómputo esta suxeito ás incidencias derivadas das prescricións establecidas no artigo 30 da Lei 39/2015, de 1 de outubro, BOE de 2 de outubro de 2015. |