Los familiares de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo y de Suiza deberán solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros o en la Comisaría de policía correspondiente.
El fallecimiento del ciudadano de la Unión o su partida del territorio del Estado miembro de acogida no afectarán al derecho de residencia de los miembros de su familia que tengan la nacionalidad de un Estado miembro. Antes de adquirir el derecho de residencia permanente, los propios interesados deberán estar sujetos al requisito de poder demostrar que son trabajadores por cuenta propia o ajena, que están estudiando y / o que disponen, para sí y para los miembros de su familia, de recursos suficientes para no convertirse durante su periodo de residencia en una carga para la asistencia social para España, así como un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España, o bien ser miembros de la familia, ya constituida en España, de una persona que cumpla estos requisitos.
El divorcio, la anulación del matrimonio de ciudadanos de la Unión o el fin de una unión registrada no afectará el derecho de residencia de los miembros de la familia del ciudadano de la Unión que tengan la nacionalidad de un Estado miembro. Antes de adquirir el derecho de residencia permanente, los interesados deberán estar sujetos al requisito de poder demostrar que son trabajadores por cuenta propia o ajena, que están estudiando y / o que disponen, para sí y para los miembros de su familia, de recursos suficientes para no convertirse durante su periodo de residencia en una carga para la asistencia social para España, así como un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España, o bien ser miembros de la familia, ya constituida en España, de una persona que cumpla estos requisitos.
Los familiares nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el espacio Económico Europeo y de Suiza deberán solicitar la inscripción en el registro Central de Extranjeros aportando:
Documentación acreditativa actualizada y, en su caso, legalizada del vínculo familiar con el ciudadano de la Unión.
Documentación acreditativa de la dependencia económica.
Documentación que acredite que el familiar que le da el derecho es trabajador por cuenta ajena o propia, o que tiene medios de vida suficientes para sí y para los miembros de su familia.