Etxeko hondakinak ezabatzeko

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¿Qué es un residuo doméstico?

Son residuos peligrosos o no peligrosos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los similares en composición y cantidad a los anteriores generados en servicios e industrias, que no se generen como consecuencia de la actividad propia del servicio o industria, por ejemplo, los restos de alimentos o envases que depositen los empleados en las papeleras de la zona de oficinas de una instalación industrial.

Se incluyen también en esta categoría los residuos generados en los hogares de, entre otros, aceites de cocina usados, aparatos eléctricos y electrónicos, textil, pilas, acumuladores, muebles, enseres y colchones, así como los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria.

También se consideran residuos domésticos aquellos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados.

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Servicios relacionados con los residuos domésticos

Las Entidades Locales son las encargadas de prestar, de forma obligatoria, los servicios de recogida, transporte y tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios.   El modelo de separación y los sistemas de recogida y tratamiento dependen, por tanto, de la propia organización de cada entidad local y está regulado en las ordenanzas municipales correspondientes. No obstante, las entidades locales deberán establecer una red de recogida suficiente que incluirá puntos limpios o, en su caso, puntos de entrega alternativos que hayan sido acordados por la entidad local para la retirada gratuita de los mismos.

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Modelos de separación de residuos domésticos

En España existen diversos modelos de separación de los diferentes tipos de residuos domésticos(Abre en nueva ventana) , dependiendo del número y tipo de fracciones a separar por el usuario en origen. Los modelos más habituales son los siguientes:

  • 5 fracciones: vidrio(Abre en nueva ventana) , papel-cartón(Abre en nueva ventana) , envases ligeros(Abre en nueva ventana) , fracción orgánica y resto.
  • 4 fracciones: vidrio, papel-cartón, envases ligeros y resto (incluyendo fracción orgánica).
  • 4 fracciones + poda: vidrio, papel-cartón, envases ligeros, resto (incluyendo fracción orgánica) y residuos de jardinería.

Estas recogidas principales u ordinarias se complementan con otras recogidas específicas de residuos voluminosos, de pilas(Abre en nueva ventana) , textil(Abre en nueva ventana) , aceites(Abre en nueva ventana) u otros. Además, cada vez más municipios ya disponen de servicios de punto limpio.

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, modifica estos modelos de recogida, ampliando las fracciones de residuos para las que la recogida separada es obligatoria. Así, desde 2024 es obligatoria la recogida separada de los biorresiduos (siendo obligatoria desde el 30 de junio de 2022 para municipales con más de cinco mil habitantes). Además,  desde 2025 los textiles, los aceites de cocina usados y los residuos domésticos peligrosos también deben ser recogidos separadamente.

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Sistemas de recogida de residuos domésticos

Los sistemas de recogida son el conjunto de medios que facilitan la recogida de los residuos domésticos desde el punto de aportación hasta el primer destino. La configuración de los sistemas de recogida está relacionada con el modelo de separación escogido. Los sistemas más frecuentes son los siguientes:

  • Puerta a puerta: consiste en entregar los residuos al servicio de recogida delante de la puerta de la vivienda o comercio, en bolsas, pequeños contenedores o a granel, según el calendario y horario estipulado para la recogida de las distintas fracciones.
  • Contenedores de superficie/soterrados: es el sistema más habitual y consiste en la ubicación en la vía pública de contenedores, donde los ciudadanos depositan los residuos domésticos, para posteriormente ser vaciados por los servicios de recogida.
  • Neumática: consiste en una serie de buzones de vertido conectados mediante tuberías subterráneas al punto de captura desde donde se realiza una aspiración del circuito.
  • Puntos limpios: son centros de aportación y almacenamiento selectivos de residuos domésticos que no son objeto de recogida domiciliaria, como pueden ser, metales, cables, madera, ropa, muebles, aparatos eléctricos y electrónicos, radiografías o bombillas. Estas instalaciones se destinan principalmente para uso de particulares y pequeños comercios (incluso de pequeños industriales y servicios municipales) de acuerdo con las especificaciones de las correspondientes ordenanzas municipales. Estos puntos limpios pueden ser fijos o móviles.
  • Recogidas específicas: además de los servicios de punto limpio, para algunas fracciones como pilas, fármacos, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, voluminosas, textil, escombros o podas y restos vegetales, también se prestan otras recogidas específicas con diferentes modalidades y ubicaciones del servicio como las recogidas a demanda, en equipamientos o en comercios.

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Información por Comunidades Autónomas

Mapa de España con comunidades autónomas Acceso al servicio de Andalucía (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Aragón (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Canarias (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Cantabria (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Castilla y León (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Castilla-La Mancha (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Cataluña (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Ciudad de Melilla (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Madrid, Comunidad de (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Navarra, Comunidad Foral de (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de País Vasco (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Rioja, La (Abre en ventana nueva) Andalucía Aragón Canarias Cantabria Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Ciudad de Melilla Madrid, Comunidad de Navarra, Comunidad Foral de País Vasco Rioja, La

Andalucía Aragón Asturias, Principado de Balears, Illes Canarias Cantabria Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Ciudad de Ceuta Ciudad de Melilla Comunitat Valenciana Extremadura Galicia Madrid, Comunidad de Murcia, Región de Navarra, Comunidad Foral de País Vasco Rioja, La

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Información de Entidades Locales

Los Ayuntamientos tienen normas sobre la recogida de residuos domésticos, prestan obligatoriamente ese servicio y pueden cobrar tasas por el mismo.

Accede al mapa de Entidades Locales(Abre en nueva ventana)  para seleccionar el municipio de tu interés.

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Autoridad responsable de la información

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
Subdirección General de Residuos