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Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Dirección general de Consumo
Subdirección General de Arbitraje y Derechos del Consumidor
Última actualización: 18-03-2026
Los consumidores pueden acceder a procedimientos y servicios de apoyo, asistencia y resolución de conflictos frente a los empresarios prestadores de bienes o servicios.
Los consumidores pueden efectuar reclamación frente a cualquier vulneración de sus derechos, bien establecidos en las normas de aplicación, bien en los contratos individuales celebrados.
Ante la existencia de un conflicto entre el consumidor y el empresario, es preciso que en un primer momento se dirija la reclamación de manera fehaciente ante la propia empresa y esperar una respuesta razonada sobre el problema, o bien que hayan transcurrido al menos 30 días sin contestación.
En caso de que resulte imposible contactar con la empresa, debe conservarse justificante de haber efectuado el intento, como prueba para posibles reclamaciones posteriores ante los diferentes organismos de resolución de conflictos.
Tras efectuar la reclamación ante la propia empresa sin resultado positivo para el consumidor, se abren distintas posibilidades de reclamación:
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