Organización de la Administración General del Estado
Última actualización: 12/08/2020.
Organigramas, estructuras y directorios
Accede a los organigramas, estructuras y directorios de los Ministerios y organismos de la Administración General del Estado.
Cómo se organiza la AGE
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Ministerios
La Administración General del Estado se organiza en Presidencia del Gobierno y en Ministerios, a los que corresponden uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa.
También pueden existir órganos superiores o directivos u Organismos públicos no integrados o dependientes, respectivamente, en la estructura general del Ministerio que, con carácter excepcional, se adscriban directamente al Ministro.
La determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia respectivo de los Ministerios y las Secretarías de Estado se establecen mediante Real Decreto del Presidente del Gobierno, que se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En la actualidad hay 22 ministerios: puedes acceder a sus directorios, estructuras y organigramas.
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Secretarías de Estado y Secretarías Generales
En los Ministerios pueden existir Secretarías de Estado, y Secretarías Generales, para la gestión de un sector de actividad administrativa. De ellas dependerán jerárquicamente los órganos directivos que se les adscriban.
Los Secretarios generales tienen categoría de Subsecretario.

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Subsecretarías y Secretaría General Técnica
Los Ministerios contarán, en todo caso, con una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes.
Los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de Director general.

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Direcciones generales y Subdirecciones Generales
Las Direcciones Generales son los órganos de gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas.
Las Direcciones Generales se organizan en Subdirecciones Generales para la distribución de las competencias encomendadas a aquéllas, la realización de las actividades que les son propias y la asignación de objetivos y responsabilidades. Además, podrán adscribirse directamente Subdirecciones Generales a otros órganos directivos de mayor nivel o a órganos superiores del Ministerio.

Ministerios
La Administración General del Estado se organiza en Presidencia del Gobierno y en Ministerios, a los que corresponden uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa.
También pueden existir órganos superiores o directivos u Organismos públicos no integrados o dependientes, respectivamente, en la estructura general del Ministerio que, con carácter excepcional, se adscriban directamente al Ministro.
La determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia respectivo de los Ministerios y las Secretarías de Estado se establecen mediante Real Decreto del Presidente del Gobierno, que se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En la actualidad hay 22 ministerios: puedes acceder a sus directorios, estructuras y organigramas.
Secretarías de Estado y Secretarías Generales
En los Ministerios pueden existir Secretarías de Estado, y Secretarías Generales, para la gestión de un sector de actividad administrativa. De ellas dependerán jerárquicamente los órganos directivos que se les adscriban.
Los Secretarios generales tienen categoría de Subsecretario.
Subsecretarías y Secretaría General Técnica
Los Ministerios contarán, en todo caso, con una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes.
Los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de Director general.
Direcciones generales y Subdirecciones Generales
Las Direcciones Generales son los órganos de gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas.
Las Direcciones Generales se organizan en Subdirecciones Generales para la distribución de las competencias encomendadas a aquéllas, la realización de las actividades que les son propias y la asignación de objetivos y responsabilidades. Además, podrán adscribirse directamente Subdirecciones Generales a otros órganos directivos de mayor nivel o a órganos superiores del Ministerio.