Información para personas afectadas por la DANA
Última actualización: 07/11/2024
En esta página encontrarás información de interés acerca de trámites y ayudas relacionadas con la DANA.
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Medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA)
Medidas publicadas en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.
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Pérdida de documentación
- DNI y Pasaporte
- La persona que desee solicitar por primera vez su Documento Nacional de Identidad o renovarlo deberá acudir a una Unidad de Documentación del DNI,.
- Imposibilidad de desplazamiento. (Más información)
- Renovación DNI
- Para solicitar la renovación del Documento Nacional de Identidad será imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de expedir, el abono en efectivo o a través de tarjeta de crédito/débito la tasa correspondiente , o utilizando el pago por vía telemática y aportar los documentos requeridos.
- Duplicados del permiso de conducir
- ¿Has perdido tu permiso o está deteriorado? ¿Tus datos personales han sufrido algún cambio? Pide tu duplicado.
- DNI y Pasaporte
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Fallecimiento de familiares
- Certificado de defunción
- Es el documento expedido por el Registro Civil que da fe de la muerte de una persona y de la fecha y lugar en que se ha producido.
- Certificado de contrato de seguro con cobertura de fallecimiento
- El Certificado De Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento es el documento que acredita los contratos vigentes en que figuraba como asegurada la persona fallecida y con qué entidad aseguradora. En caso de que la persona fallecida no figurase como asegurada en ningún contrato, tal extremo se hará constar expresamente en el certificado que se emita.
- Los contratos de seguro respecto de los que es posible obtener un Certificado son los relativos a los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y a los seguros de accidentes en los que se cubra la contingencia de la muerte del asegurado, ya se trate de pólizas individuales o colectivas.
- Solicitud de certificado de actos de última voluntad
- El Certificado de Actos de Última Voluntad es el documento que acredita si una persona ha otorgado testamento/s y ante qué Notario/s. De esta forma, las personas a quien pueda corresponder algún derecho hereditario podrán dirigirse al Notario o Notaria autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada) del mismo. Este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio.
- Auxilio por defunción
- Objeto: Ayuda para hacer frente a los gastos del sepelio.
- Beneficiarios:
Quienes hayan pagado los gastos del sepelio. Salvo prueba en contrario serán:
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El cónyuge.
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El sobreviviente de una pareja de hecho.
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Los hijos del fallecido que hayan convivido con él habitualmente.
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Los familiares que hayan convivido con el fallecido.
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- Auxilio por defunción (REM)
- Dirigido a personas que quieran solicitar, en nombre propio o en representación de la persona que hubiera soportado los gastos del sepelio de un trabajador/a o de pensionista del Régimen Especial del Mar, la prestación de auxilio por defunción para hacer frente a los mismos.
- Certificado de defunción
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Daños o pérdida de vivienda o enseres
Podrá concecederse subvención en los siguientes supuestos:
- Destrucción total de la vivienda habitual
- Por daños que afecten a la estructura de la vivienda
- Por daños menos graves que no afecten a la estructura de la vivienda
- Por destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad
- Por daños que afecten afecten a elementos comunes de uso general pertenecientes a una Comunidad de Propietarios en régimen de propiedad horizontal.
Para mayor información consultar en la página del Ministerio del Interior:
Ayudas a unidades familiares o de convivencia económica para paliar daños materiales en viviendas y enseres .Información sobre seguros:
- En el siguiente enlace del Consorcio de Compensanción de Seguros puede registrar su solicitud de indemnización así como aportar la documentación correspondiente: Solicitud de indemnización
- Teléfono de atención gratuito: 900 222 665
- Datos de interés y contactos: Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
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Pérdida de empleo
- Protección por desempleo
- Solicite y reconozca su prestación contributiva: Aquí puedes solicitar el reconocimiento de tu prestación contributiva por desempleo en su modalidad de alta inicial o reanudación que tenías reconocida con anterioridad y no agotada, permitiendo la opción de un nuevo derecho en caso de haber trabajado más de 360 días. (Acceso al trámite)
- Solicite su prestación o subsidio por desempleo: A través de este servicio puedes realizar una solicitud provisional para acceder a las prestaciones por desempleo, así como realizar otros trámites sobre tu prestación, sin necesidad de desplazarte a la oficina de prestaciones. Una vez enviado el formulario de presolicitud, en caso de ser necesario, el SEPE contactará contigo por teléfono o por correo electrónico para requerirte documentación o para completar información. (Acceso al trámite)
- Ingreso mínimo vital. Es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.
- Beneficiarios:
- Personas de al menos 23 años que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en el
- Mujeres mayores de edad víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.
- Personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores de las diferentes Comunidades Autónomas
- Personas sin hogar.
- Requisitos: Los siguientes requisitos deben cumplirse tanto en el momento de la presentación de la solicitud como de sus revisiones, y mantenerse al dictar la resolución y durante el tiempo de la percepción de la prestación:
- Tener residencia en España
- Estar en situación de vulnerabilidad económica
- Beneficiarios:
Teléfono gratuito de información sobre el IMV: 900 20 22 22. Ahora también en numeración corta 020 .
- Protección por desempleo
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Medidas de protección de la Seguridad Social
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informa de las siguientes medidas de protección disponibles para las personas trabajadoras, empresas y ciudadanía ante la DANA.
- El Ministerio pone medidas de protección a disposición de las personas trabajadoras autónomas, que podrán solicitar el cese de actividad ante la mutua de la persona trabajadora.
- La cuantía de la prestación es del 70% de la base reguladora.
- Sin periodo de carencia, es decir, aunque no se tenga el periodo mínimo exigido para tener derecho a ello, que normalmente es de un año
- Los días de prestación consumidos no se computan de cara a situaciones futuras (contador a cero) y, además, este periodo se les computa como cotizado.
- Desde la reforma laboral permite proteger a las personas trabajadoras y al tejido productivo en situaciones de crisis y emergencias como la DANA. La empresa puede suspender temporalmente el contrato o reducir la jornada.
- Exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social
- Cualquier persona trabajadora puede acogerse sin consumir la prestación.
- Se solicita en el SEPE o llamando al 060
- En cuanto al Ingreso Mínimo Vital (IMV), reforzamos, el compromiso y el contacto con las personas de manera más ágil y cercana.
- La ciudadanía podrá informarse sobre el IMV en el teléfono 900 20 22 22.
Se pone en marcha el teléfono corto 020. Con un 40% más de plantilla.
- Algunas de las oficinas de la Seguridad Social, han sufrido grandes daños a causa de la DANA. Pedimos la máxima precaución para garantizar la seguridad de las personas. Por ello, reforzamos nuestra atención telefónica y online a través de los siguientes canales.
- INSS: 91 542 11 76
- Tesorería: 91 541 02 91
- En la app IMPORTASS
- En el nuevo portal del INSS
- El Ministerio pone medidas de protección a disposición de las personas trabajadoras autónomas, que podrán solicitar el cese de actividad ante la mutua de la persona trabajadora.
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Impuestos
Principales medidas fiscales acordadas por este Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.
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Suspensión del segundo pago del IRPF de la campaña de Renta 2023 para aquellos contribuyentes de zonas afectadas por la DANA que lo tuvieran pendiente de pago. Este pago, previsto para el 5 de noviembre , se suspende y se aplaza durante tres meses.
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Concesión de ayudas directas a los trabajadores autónomos y empresas que sean contribuyentes del IRPF por actividades económicas, o contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. En el caso de empresas el importe de estas ayudas dependerá del volumen de operaciones del ejercicio 2023 y en el caso de empresarios o profesionales que sean personas físicas, el importe de la ayuda será por importe de 5.000 euros. Estas ayudas se solicitarán en la sede electrónica de la Agencia Tributaria entre los días 19 de noviembre y 31 de diciembre de 2024.
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Ampliación hasta el 30 de enero de 2025 de los plazos tributarios en la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y en los procedimientos tributarios con vencimientos en los meses de noviembre y diciembre de 2024.
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Se facilitan los aplazamientos y fraccionamientos sin coste por intereses de demora durante los seis primeros meses.
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Exenciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre Actividades Económicas del año 2024.
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Negocios y locales
- Ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios
- Podrán beneficiarse las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos, debidamente registrados a efectos fiscales, y con un número de empleados y empleadas igual o inferior a cincuenta, que hayan sufrido daños de cualquier naturaleza en las edificaciones, instalaciones o bienes de equipamiento como consecuencia de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.
- Será requisito imprescindible que titulares de los establecimientos tengan contratada póliza de seguro en vigor en el momento de producirse los hechos causantes, y que el daño se hubiera producido por algún riesgo no incluido en el seguro de riesgos extraordinarios o en la cobertura ordinaria de la póliza de seguro.
- Ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios
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Cambio de domicilio
- Cambio de Domicilio :
- Te permite recuperar la información de la base padronal del INE y comunicarla de una vez a diferentes Organismos como la Tesorería General de la Seguridad Social, la Agencia Tributaria. el INSS o la DGT.
- Es necesario haberse empadronado en el Ayuntamiento previamente y que la base padronal del INE se haya actualizado con dicha información.
- Cambio de Domicilio :
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Novedades
- La Agencia Tributaria crea en sus oficinas de Valencia puntos especiales de atención a los afectados por la DANA
- El Gobierno y la Generalitat pactan un plan global para facilitar la movilidad y recuperar las infraestructuras básicas en la provincia de Valencia - Ministerio de Transportes
- Hacienda suspende el cobro del segundo pago del IRPF para los contribuyentes de las zonas afectadas por la DANA en la provincia de Valencia - Ministerio de Hacienda
- Transportes flexibiliza los tiempos de conducción de los transportistas para facilitar su actividad y mitigar el impacto de la DANA - Ministerio de Transportes
- Recomendaciones de Sanidad para la población y voluntarios de la inundación en la Comunitat Valenciana - La Moncloa
- Líneas de ayuda en situaciones de emergencia - Protección Civil
- Habilitado un servicio notarial gratuito de ayuda para los afectados por la DANA - Colegio Notarial Valencia
- Primera nota informativa sobre las inundaciones extraordinarias producidas el 29 de octubre de 2024 en Valencia, Albacete, Cuenca y Andalucía oriental y la gestión de indemnizaciones que corresponde asumir al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa . - Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)
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Normativa
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Más información
Info DANA, nueva sección en la página web de Moncloa para informar sobre la DANA.